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miércoles, 12 de enero de 2011

El Supremo avala que un ecuatoriano condenado por malos tratos no pueda pisar suelo nacional en 5 años

9/1/2011 -
El Supremo acaba de confirmar la expulsión del territorio nacional de un ciudadano ecuatoriano que, residiendo en Pontevedra, fue condenado en su día a nueve meses de prisión por malos tratos y tiene pendiente una segunda pena de cuatro meses de cárcel. Asimismo, ratificó la decisión del Juzgado de lo Contencioso número tres de Pontevedra de imponerle, a mayores, la prohibición de entrar en territorio nacional durante cinco años.
Fue la Subdelegación del Gobierno la que tomó inicialmente la decisión de expulsar a este individuo tras confirmarse que, a finales de junio del 2006, se le denegó la renovación de la autorización de residencia. A esta estancia irregular ya no solo se sumaron las posteriores condenas, sino que también se le añadió que no «hubiese impugnado esa denegación ni hubiera tratado de regularizar su situación».
Este cúmulo de circunstancias revelan, según entiende el Supremo, una «evidente falta de idoneidad para la inserción en la convivencia social en el país». Además de confirmar la decisión de la Subdelegación, los jueces descartan la pretensión del ecuatoriano de que se sustituyese su expulsión por una mera sanción económica.
En cuanto a la prohibición de cinco años, el tribunal sostiene que es proporcionada dado que «ha exteriorizado una conducta incompatible con las normas de convivencia al haber sido condenado (...), por lo que es notable el grado de culpabilidad que le es achacable». En definitiva, no «existe base para aminorar la duración de la sanción».
http://www.lavozdegalicia.es/arousa/2011/01/09/0003_8954373.htm

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