En la actualidad esta fórmula sólo se aplica en el 5% de los divorcios y separaciones
Lunes, 5 de Diciembre, 2011J.L.INIESTA (en la izquierda) y JOSÉ QUESAD (derecha), miembros de la Asociación creada recientemente en Alicante, que reivindica como derecho de los niños en las rupturas de sus padres la custodia compartida. (pinchar aquí para ver su web)
http://www.abc.es/20111205/comunidad-valencia/abcp-casi-siete-parejas-podran-20111205.htmlLa decisión del Tribunal Constitucional de levantar la suspensión que pesaba sobre la Ley de Custodia Compartida del Consell permitirá que cada año cerca de 7.000 parejas de la Comunidad Valenciana, en procesos de divorcio o separación, puedan acogerse a esta fórmula.El alto Tribunal suspendió la aplicación de la norma autonómica el pasado mes de julio, y ahora ha levantado esta medida cautelar a la espera de resolver definitivamente el recurso interpuesto por el Gobierno central. En su auto, el Constitucional reconoce que la Ley impulsada por el conseller Serafín Castellano garantiza la protección de los derechos del menor, aunque deberá pronunciarse ahora sobre si invade las competencias de la Administración central, como sostiene en su recurso el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero.Según las cifras elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), los juzgados de la Comunidad Valenciana tramitaron en 2009 un total de 11.725 procesos de divorcio y 860 separaciones. Tan sólo en el 4,9% de los divorcios, los jueces optaron por otorgar a custodia de los menores a ambos progenitores. En el 45,3% de los casos los tribunales otorgaron la custodia a la madre, frente a tan sólo el 2,8% en el que correspondió al padre. En el 47% restante de los casos, la pareja en trámites de divorcio no tenía hijos menores de edad.Pacto de convivencia
La proporción es similar en las 860 separaciones tramitadas en la Comunidad Valenciana en 2009 —el último ejercicio analizado por el INE—: en el 52,6% de las causas tramitadas la Justicia otorgó la custodia a la madre, en el 2,4% al padre y en el 6,9% a ambos progenitores.La aplicación de la Ley de Custodia compartida no impone la aplicación favorece que las partes en litigio alcancen un «pacto de convivencia», que no sólo regulará la custodia y régimen de visitas de los hijos menores de edad, sino también otras cuestiones de índole económica o de disfrute de la vivienda familiar. En caso de que no haya acuerdo entre las partes, la Ley insta a los jueces a aplicar la custodia compartida, para que el menor pueda disfrutar de ambos progenitores, salvo que los informes técnicos recomienden lo contrario.
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