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jueves, 15 de diciembre de 2011

La Cámara canaria pide que la custodia compartida sea modelo preferente en los procesos de separación o divorcio

14 de  Diciembre, 2011
El Parlamento de Canarias ha aprobado una Proposición No de Ley (PNL) en la que la Cámara insta al Ejecutivo autonómico a que se dirija al Gobierno de la Nación para solicitar que se realicen las modificaciones legales necesarias para que la custodia compartida sea considerada como modelo preferente en los procesos de separación o divorcio, siempre en defensa del interés superior del menor y del derecho de los hijos a disfrutar de una adecuada relación con sus progenitores.
Previamente, fue rechazada una enmienda de los grupos parlamentarios socialista canario y nacionalista que añadía a la petición popular que la Cámara instase a la Comunidad Autónoma a dirigirse al Gobierno de España para analizar las modificaciones legales necesarias en relación a la custodia compartida en los procedimientos de separación y divorcio mediante una ponencia de estudio, priorizando la defensa del interés superior del menor y el derecho de los hijos e hijas a disfrutar de una adecuada relación con sus progenitores, así como hacerlas extensivo a sus abuelos y abuelas.
Víctor Moreno justificó el rechazo de su Grupo a la enmienda de PSC y CC en tanto en cuanto las modificaciones legales que plantea la PNL "están suficientemente claras" y se recogen en "todas las mociones y Proposiciones No de Ley que han sido aprobadas en toda España".
Además, consideró "ridículo" que en la enmienda planteen que "el Gobierno de Canarias se dirija al Gobierno de España para que a su vez se dirija a no se sabe qué o quién para que se constituya una ponencia de estudio". "Basta ya de divagar. Los ciudadanos nos piden que actuemos", recalcó.
En consecuencia, la diputada socialista Rosa Jerez anunció que su grupo presentará próximamente en la Cámara una Proposición No de Ley para que conste la creación de esta ponencia de estudio al entender que es "fundamental" oír a todas las partes que intervienen en la educación del menor (asociaciones de madres y padres, jueces, abogados, trabajadores sociales, etcétera).
MÁS DE 100.000 RUPTURAS
En cuanto al sentido de la PNL, el diputado popular Víctor Moreno, encargado de defender la propuesta, ha indicado que desde que en 1981 se aprobó en España la Ley del Divorcio, el número de rupturas matrimoniales ha ido en aumento, produciéndose actualmente más de 100.000 rupturas de pareja al año, rupturas que --recalcó-- tienen como principales afectados a los hijos.
Moreno ha explicado que en España, tras la modificación del Código Civil en el año 2005, se estableció la posibilidad de la custodia compartida pero limitando su efectividad para los casos en que hubiese acuerdo entre ambos progenitores y éstos así lo solicitasen en el convenio regulador o lo acordasen de mutuo acuerdo durante el proceso de separación o divorcio, o cuando excepcionalmente el juez, a instancia de una de las partes y con informe favorable del Ministerio Fiscal, lo acuerde fundamentándolo en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor.
La postura de los jueces de familia, añadió el diputado, suele ser contraria a otorgar la custodia compartida fuera de los casos en que ambos progenitores así lo hayan acordado en el convenio regulador; sin embargo, y en relación con el interés superior del menor, se puede decir que, con carácter general, lo mejor para el desarrollo integral de los hijos es el mantenimiento de las relaciones con ambos progenitores (o padres adoptivos) de la manera más plena e intensa posible.
En Canarias, la Ley 1/2010, de 26 de febrero, de Igualdad entre Mujeres y Hombres establece en su artículo 40 que "las mujeres y hombres en Canarias tienen el derecho y el deber de compartir adecuadamente las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado y la atención de las personas en situación de dependencia, posibilitando la conciliación de la vida laboral, personal y familiar y la configuración de su tiempo", precisando el artículo 4.4 de la citada norma que dicha corresponsabilidad debe llevarse a cabo "en cualquier circunstancia en que se encuentren ambos progenitores de matrimonio, separación, divorcio, nulidad o convivencia de hecho".
"Así pues, si el ejercicio conjunto y compartido es la regla cuando los padres viven juntos, debe procurarse que también lo sea cuando los padres viven separados, salvo que el interés del hijo aconseje otra cosa", de ahí la presentación de esta PNL, según Víctor Moreno.
Rosa Jerez se abstuvo, "pero nos interesan los derechos de los menores y vamos a presentar una PNL para que conste la creación de esa ponencia de estudio porque es fundamental oír a todas las partes y en los que intervienen en la educación del menor".
http://www.eldia.es/2011-12-14/canarias/30-Camara-canaria-pide-custodia-compartida-sea-modelo-preferente-procesos-separacion-divorcio.htm

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