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Imagen de la Audiencia de Murcia
La Audiencia Provincial de Murcia ha declarado el derecho de una mujer a tener consigo a su nieto los últimos sábados de cada mes, durante diez horas, según la sentencia que revoca otra de un Juzgado de Caravaca de la Cruz, que en julio de 2011 no aceptó su demanda.http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1306711
El tribunal señala en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe y de la que ha sido ponente el magistrado Juan Martínez, que de las actuaciones judiciales no se desprende ningún indicio que haga pensar en que esa visita pueda perjudicar al niño, al que no ha podido ver desde agosto de 2010 por la negativa de su hija, madre de éste.
La sentencia indica que el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Caravaca de la Cruz desestimó la demanda presentada por la abuela, por lo que ésta acudió entonces a la Audiencia Provincial de Murcia.
Al oponerse a las pretensiones de la demandante, la madre del niño señaló que la abuela podía visitarle cuando quisiera y que las únicas controversias con su madre y su hermana se debían "a la forma en que deben cuidar al menor y las horas de las visitas".
La abuela, según la sentencia que le ha sido favorable, podrá a partir de ahora recoger al nieto los últimos sábados de cada mes a las 10:00 horas en el domicilio de sus padres, donde deberán entregarlo diez horas después.
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