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miércoles, 5 de diciembre de 2012

La Audiencia de Murcia obliga a un hombre a pagar una pensión a sus hijos en paro

Miércoles, 5 de Diciembre, 2012
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- La Audiencia Provincial de Murcia anula una sentencia de maltrato por no existir "posición de dominación"

El magistrado dice que "dada la situación de crisis económica existente, actualmente el acceso a un puesto de trabajo no depende solo de la edad y del conocimiento que dan unos estudios"

Los jueces no son ajenos a la situación económica y empiezan a usarla como razonamiento jurídico en sus sentencias. En Murcia, un padre está obligado, a través de una sentencia de la Audiencia Provincial, a pagar una pensión por alimentos de 400 euros a sus hijos que tienen 27 y 22 años de edad y que están preparando oposiciones a policía y maestra. Todo porque, según el texto judicial, "en la situación actual, no es fácil encontrar trabajo".
El ponente de la sentencia, el magistrado Carlos Moreno, dice que "en la actualidad, dada la situación de crisis económica existente, actualmente el acceso a un puesto de trabajo no depende solo de la edad y del conocimiento que dan unos estudios".
El padre argumentó que sus hijos "tienen capacidad y disponibilidad para acceder al mercado laboral" porque él y su exmujer "les habían pagado buenos estudios universitarios aunque ellos no los habían aprovechado." El padre trató de acreditar en el juicio que no se habían esforzado pero el juez dice que no ha quedado demostrado.
Lo que si deja claro la sentencia es que "dada la situación de crisis económica no es fácil encontrar trabajo". El magistrado recuerda que hay una sentencia del supremo de 2003 que dice que "los derechos de los hijos a pensiones como estas no cesan por haber alcanzado la mayoría de edad sino que subsisten si se mantiene una situación de necesidad no imputable a ellos", como puede ser la actual crisis, con las cifras del paro actuales.
Es la primera vez que la audiencia fundamenta jurídicamente una situación como esta aunque hace dos precisiones: que "la obligación alimenticia de los padres respecto a los hijos mayores de edad no puede prolongarse indefinidamente en función solo de los deseos del hijo en la ampliación de su formación" y que "hay que establecer un límite temporal a la pensión a hijos mayores de edad". También se recuerda que "la obligación cesara cuando haya mala conducta o falta de aplicación al trabajo".
El padre tendrá que abonar una pensión de 200 euros para el hijo menor y de 150 para los otros dos, pensión que se revalorizará según el IPC.
http://www.cadenaser.com/espana/articulo/audiencia-murcia-obliga-hombre-pagar-pension-hijos-paro/csrcsrpor/20121203csrcsrnac_9/Tes

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