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martes, 15 de enero de 2013

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS: PETICIÓN DE INDEMNIZACIONES PARA 2.031 PERSONAS QUE SÍ INGRESARON EN PRISIÓN POR LA LEY DE VIOLENCIA DE GÉNERO

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS: PETICIÓN DE INDEMNIZACIONES PARA 2.031 PERSONAS QUE SÍ INGRESARON EN PRISIÓN POR LA LEY DE VIOLENCIA DE GÉNERO, A CARGO DE LOS MINISTERIOS DE JUSTICIA E INTERIOR. CON PENAS INFERIORES A DOS AÑOS Y SIN ANTECEDENTES
Martes, 15 de Enero, 2013
El escrito pertenece a Jesús Ayala Carcedo (aparece en la imagen)
Más escritos y notiicas de Jesús al final de la entrada
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
C/ Floridablanca, s/n.
28.071 MADRID
Asuntos: JUSTICIA, IGUALDAD ANTE LA LEY, E INDEMNIZACIONES PARA 2.031 PERSONAS QUE HAN ESTADO EN PRISIÓN CON CONDENAS DE MENOS DE DOS AÑOS DE PRISIÓN Y SIN ANTECEDENTES, CONFORME A LA LEY ORGÁNICA 1/2004, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, CUANDO OTROS CIUDADANOS NO HAN ENTRADO EN CIRCUNSTANCIAS PARECIDAS.
Burgos, 14 de enero de 2.013
Excmos. Sres.:
Muy a menudo, me hago la reflexión, que hizo Jesucristo: “EL QUE ESTÉ LIBRE DE PECADO, QUE TIRE LA PRIMERA PIEDRA”. En efecto, uno no es perfecto, y lo reconoce, pero, día a día, el cabreo de los ciudadanos de esté país, en plena crisis, sube en temperatura, amenazando con hacer explotar la caldera de la paciencia. Es por ello que, olvidando esa reflexión, pero sin perder un poco la debida caridad que debemos al prójimo: PERSEGUIR EL PECADO, PERO PERDONAR AL PECADOR, es por lo que se les hace esta petición, en base a la igualdad ante la ley, que dice garantizarnos la Constitución Española vigente.
Y a uno le empieza a faltar paciencia, pero no algo de caridad, a pesar de que en este país es un ejercicio arriesgado el defender derechos de niños, o la presunción de inocencia, y garantías, en historias de hombres y mujeres, por ejemplo, y he sufrido por ello, estimo que bajo la divisa: MATEMOS AL MENSAJERO, Y ASÍ NADIE SE ATREVERÁ A DENUNCIAR TODO LO QUE SE ESTÁ HACIENDO MAL. ¿ Hay alguien que lo niegue y que se atreva a tirarme la primera piedra ?.
Creo que el presidente de Estados Unidos de América Franklin Delano Roosevelt decía: HAY QUE PERDER EL MIEDO A TENER MIEDO. Pero cuando no se cumple lo que de tiempos de Cayo Julio César nos ha llegado, sobre lo que exigía a su esposa, Pompeya: “NO BASTA QUE LA MUJER DEL CÉSAR SEA HONESTA; TAMBIÉN TIENE QUE PARECERLO”, por lo menos se estima que es justo y necesario que al menos el trato por parte de los poderes del estado sea para los otros igual que para los unos, y notoriamente políticos, de diversos partidos y condición.
El pasado 18 de diciembre de 2.012 se les envió un escrito, en que una de las peticiones era la siguiente:
- PETICIÓN DE INDULTO GENERAL PARA TODOS LOS HOMBRES CONDENADOS EN VIRTUD DE LA LEY ORGÁNICA 1/2004, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, CON PENAS DE PRISIÓN INFERIORES A DOS AÑOS, SIN ANTECEDENTES Y QUE ESTÉN EN PRISIÓN. IGUALDAD ANTE LA LEY. LO MISMO PARA LOS QUE HABIENDO SIDO CONDENADOS A  PENAS DE HASTA TRES AÑOS DE PRISIÓN HAYAN YA CUMPLIDO UN AÑO, O MÁS DE PRISIÓN. AMPLIABLE A MUJERES EN LAS MISMAS CIRCUNSTANCIAS.
En base a la documentación que fue enviada con fecha 19 de junio de 2.012 por el Excmo. Sr. Presidente de la Comisión de Peticiones de ese Congreso de los Diputados, escrito contestación al expediente 280/000043/001, con escrito del Ministerio de la Presidencia de fecha 27 de abril de 2.012, con datos facilitados por el Ministerio del Interior, copia de lo cual se envía, en  que el asunto/petición era:
“Solicitud de que se le informe si desde la vigencia de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, ha ingresado algún hombre, con condena de dos años o menos de prisión, sin antecedentes, por temas relacionados con la citada ley”.
Y se informaba:
“Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre y hasta diciembre de 2008 han ingresado en prisión para cumplir condenas inferiores a dos años, por delitos de violencia de género y careciendo de antecedentes penales, un total de 2.031 personas.”
En dicho escrito, de diciembre pasado, se indicaba el caso de una mujer que aceptó una condena de TRES AÑOS DE PRISIÓN, reconociendo el homicidio de su marido. Mujer de la comunidad autónoma de Navarra. La llegó un indulto, parcial, y no ha entrado en prisión. Otra que se va de rositas. Es como el denunciar por parte de las mujeres. Lo normal es que no las pase nada a ellas, pero sí a los hombres con los que ellas están libremente, y a sus hijos. Sea correcta o no la denuncia, demostrable o no. Hace años en una publicación de Valladolid, LA VOZ DE CASTILLA Y LEÓN, dos abogadas de Valladolid, Dª MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ y Dª VICTORA EUGENIA DELGADO, reconocían, en relación a la situación de denuncias de violencia de género en Valladolid, incidían en su alta utilización sobre todo con el elemento de extranjería, y que el concepto de violencia de género se ha desnaturalizado, siendo frecuente que se utilice la denuncia como presión o escarmiento. Se adjunta copia de ello. Uso y abuso.
Estos días me llegan noticias de otro caso en que se recomienda por parte de alguien de la abogacía de poner una denuncia que lleve a un marido y padre a ser detenido y pasar una o varias noches en un calabozo policial,  para “domar” al marido, en un posible divorcio, con bienes de cierta importancia, y gente menor de edad no emancipada. También ha recibido esa mujer reflexiones de hacerlo amistosamente, por gente ajena al mundo del derecho, tal como quiere el pueblo español.
En los últimos tiempos, es escandaloso el caso de persona del PARTIDO POPULAR que sale de la cárcel nada más llegar a España, y con largas penas de prisión, y dos muertos en una carretera de Cuba. Políticos y hombres de partidos que son imputados de delitos que no son detenidos como los son muchos hombres ante una denuncia no juzgada, hecha por una mujer,  sabiendo los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que esos hombres, compañeros o maridos, van a ser liberados apenas comparezcan ante un juez. ¿ Sería bueno que esos políticos fueran detenidos, antes de ser imputados en los juzgados, como los padres de familia, duerman en un calabozo, y luego sean puestos en libertad en la primera comparecencia ante un juez ?. Esa reflexión se le deja al Excmo. Sr. Ministro de Justicia, ahora que parece que quiere cambiar algunas normas del juego penal.
En efecto, dos casos escandalosos han saltado a la palestra últimamente.
El primero el caso el de un joven político del PARTIDO POPULAR, cuyo nombre y caso están en la boca y mente de todos, que aceptó una pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, en el extranjero, que suponía reconocer determinados hechos,  y ya está en la calle, a los pocos días de llegar a España.
El otro es un caso de financiación de un partido político de la Comunidad de Cataluña, con representación en ese Congreso de Diputados,  en base a dineros ajenos, ése que votó, por unanimidad,  la  LEY ORGÁNICA 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia, por la cual muchos hombres han pasado por los calabozos de diversos Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y condenados a diversas penas de prisión, aunque no todos los hombres que fueron detenidos fueron condenados. Seguramente cierto diputado del partido que utilizó dinero ajeno también aprobó, con su voto, esta ley. Los hombres, compañeros y maridos, suelen ser rápidamente detenidos y juzgados, rapidísimamente. En este caso de un partido catalán han pasado años y años antes de que lleguen a un acuerdo con el Ministerio Fiscal, reconociendo hechos muy graves, y aceptando una pena de prisión, que no van a cumplir. Pero 2.031 personas, con iguales méritos,  si han estado en prisión. Los posibles responsables de ese partido político NO VAN A ENTRAR EN PRISIÓN, ni dimitir, ni na.
Ahora se maneja la teoría en los medios de comunicación de que con dos años, o menos, de prisión no se entra en prisión, pero 2.031 hombres, sin antecedentes, y condenas inferiores a dos años,  cumplieron penas de prisión, por la ley mencionada, aprobada por unanimidad Sí, cumplieron penas de prisión, pero políticos, o responsables de partidos, con penas de prisión de menos de dos años, o esa mujer que ha reconocido un homicidio, no han entrado en prisión. Esos son los hechos.
Esto es lo que se contempla, actualmente, en el artículo 80 del Código Penal:
“1. Los jueces o tribunales podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años mediante resolución motivada…….”
Y esto es lo que se contempla en la citada LEY ORGÁNICA 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia, en su artículo 35, sobre suspensión de penas:
El párrafo tercero del apartado 1 del artículo 88 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 15/2003, queda redactado de la forma siguiente:
«En el caso de que el reo hubiera sido condenado por un delito relacionado con la violencia de género, la pena de prisión sólo podrá ser sustituida por la de trabajos en beneficio de la comunidad. En estos supuestos, el Juez o Tribunal impondrá adicionalmente, además de la sujeción a programas específicos de reeducación y tratamiento psicológico, la observancia de las obligaciones o deberes previstos
en las reglas 1.ª y 2.ª, del apartado 1 del artículo 83 de este Código.»
Ahora que miles y miles de empleados, de bancos, cajas de ahorro, de empresas que fueron públicas, de televisiones públicas, son expulsados de su trabajo.  Ante los millones y millones de euros a cargo de todos los españoles para tapar agujeros financieros de los cuales nadie se reclama responsable, este escrito tiene la osadía de pedir a ese CONGRESO DE DIPUTADOS justicia, indemnizaciones, para esas 2.031 personas. Se desconoce si todos son hombres, o también ha habido alguna mujer.
El mayor problema de millones de mujeres en este país no es el marido o compañero. Hay más de DOS MILLONES DE MUJERES que quieren buscar un trabajo remunerado y no lo encuentran. Quieren tener medios económicos para ser independientes en su relación de pareja y matrimonio, y no existen. ¿Cuánto tardarán los señores políticos en crear o ayudar a crear las condiciones para que esos millones de  mujeres, y los millones de hombres en paro, o con empleos precarios, puedan mejorar su dramática situación ?.
A los ciudadanos españoles se nos han exigido unos gastos muy importantes para dejar sin libertad a 2.031 personas, desconociendo si eran todos hombres, o había alguna mujer, cuando otros muchos se van de rositas, en pactos con el MINISTERIO FISCAL.
Tengo presente el caso de un padre de familia portugués, que estuvo más de tres años en prisión, en Burgos y en Monterroso (Lugo), hasta el último día,  con la intención de seguir en este país, pues el Ministerio del Interior, que con tanta manga ancha libera a un convicto con cuatro años de prisión, a los pocos días de pisar suelo español, ha exigido la expulsión de España por varios años de este ciudadano portugués. ¿ Su peligrosidad ?. La mujer denunciante, de un país hispano americano, a pesar de una orden de protección, reconoció judicialmente que todos los días estaba con él. En una nueva denuncia, reconoce que fue a la Comisaría a denunciar, y no había nadie especializado para atenderla, y tenía tanto miedo a este hombre portugués que se fue al domicilio del mismo. Señores, ¿ esto es lo que nos obligan a pagar con nuestros impuestos ?.  ¿ No fue este hombre rehabilitado con tanto tiempo en prisión ?. ¿ Falló el sistema penitenciario español ?. Los gastos fueron enormes, para los viejecitos a los que se les obliga a pagar un euro por receta.
Ante los gravísimos problemas de este país habrá más de uno que piense que eso de las penas de prisión son, principalmente, para los que roban refrescos en los supermercados, pero no para políticos y otros que reconocen meter la mano en fondos ajenos. Tampoco para  los que han dirigido entidades financieras que han dejado agujeros profundos que suponen millones y millones de euro a euro por receta médica, a ancianos con pensión precaria, muchos de los cuales pasan el balón de las responsabilidades al vecino. Yo no sabía nada, me fiaba de otros, pero buenos dineros que recibían y que no devuelven. Miles y miles de empleados están pagando sus irresponsabilidades, perdiendo su puesto de trabajo. Miles de ahorradores salen a manifestarse por los productos financieros que les vendieron, que si les responsabilizaban de la gestión de esos señores que dicen no saber qué es lo que pasaba por sus manos. Directivos que se han llevado  millones en la mochila, pero han dejado sus entidades en la ruina.
Ante este panorama, el firmante de este escrito, solicita de todos Uds., de los partidos firmantes de la ley por la cual esas 2.031 personas vieron su libertad perdida, quizá su trabajo perdido, quizá la relación con sus hijos interrumpida, que transmitan a los Ministerios de Justicia y del Interior petición de que se les concedan indemnizaciones por sus días privados de libertad, y por sus trabajos perdidos.
Propongo que transmitan a dichos ministerios las siguientes peticiones de indemnizaciones.
Primero.- Por cada día privados de libertad DOSCIENTOS EUROS.
Segundo.- Por posible trabajo perdido TREINTA MIL EUROS.
Es en base al trato discriminatorio que han podido sufrir respecto a políticos de todo género y partido, que con penas similares no entran en prisión, o que con largas condenas apenas pisan suelo español, entran por una puerta y salen por otra de prisión, o alguna mujer que por el homicidio de su marido tampoco entra en prisión, por lo que se piden estas indemnizaciones, que espero transmitan al actual gobierno del estado, y ministerios citados, para que los paguen de  sus presupuestos.
Esperando informen del resultado de esta petición, hecha al amparo de la ley, atentamente.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P.D.- Aunque ya lo saben Uds., parece que hay muchas mujeres no informadas que desde el año 1.981 ninguna mujer (u hombre) necesita pedir permiso a juez alguno para dejar de convivir con el hombre (o mujer) al que luego le acusan de años de maltratos. Asimismo, desde el año 2.005, ningún hombre o mujer, a partir de los tres meses de contraído matrimonio,  tiene que justificar una petición de divorcio.
Enlaces:
- Un ciudadano español, a través del Defensor del Pueblo, ha conseguido que se den nuevas instrucciones a los ayuntamientos españoles para el empadronamiento de menores no emancipados
- Carta abierta al abogado de familia D. Luis Zarraluqui Sánchez-Eznarriaga
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Recibido por email.

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