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sábado, 1 de junio de 2013

El Supremo condena a 3 años y 7 meses de cárcel a un joven por pegar a su novia

Sábado, 1 de Junio, 2013
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a tres años y siete meses de cárcel, además de una indemnización de 16.477?, que la Audiencia Provincial de A Coruña impuso a Jonathan V. Y., de 19 años, por la paliza que le propinó a su novia, de 22 años, después de una discusión.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a tres años y siete meses de cárcel, además de una indemnización de 16.477?, que la Audiencia Provincial de A Coruña impuso a Jonathan V. Y., de 19 años, por la paliza que le propinó a su novia, de 22 años, después de una discusión.
Los hechos probados consistieron en que una noche de enero de 2011 Jonathan, sin antecedentes penales, discutió con su novia, Lucía R., de 22 años, con quien había convivido, mientras ambos circulaban en el vehículo del joven, quien decidió dirigirlo a un cementerio próximo, solitario y aislado.
Allí, aprovechando que había situado el vehículo junto a la valla del mismo, golpeó con puñetazos y patadas a la joven, a quien llegó a arrastrar del pelo por el suelo y a quien impidió escapar para luego llevarla al domicilio en el que vivía con sus padres.
La condena tiene en cuenta la mayor credibilidad que los testimonios inculpatorios le merecen al tribunal frente al discurso exculpatorio del condenado, ya que, entre otras razones, la presencia de lesiones importantes sustentan la versión incriminatoria.
Además, la condena valora como circunstancia agravante que la relación entre ambos fuera análoga a la de la convivencia, la indefensión de haber buscado un sitio aislado y el daño causado a la víctima, contra todo lo cual había recurrido el condenado, en busca de una pena más leve.
La víctima recurrió también y solicitó que se aplicara también la circunstancia agravante de ensañamiento, pero el Supremo la rechaza.
"Ciertamente en el lenguaje coloquial cabe considerar que los hechos que se describen como probados revelan una actitud cobarde y repugnante en el autor que incluso es frecuente tildar por los no expertos en Derecho como ensañamiento", dice el Supremo.
"Pero", añade, "este concepto, en cuanto determinante de una pena más dura, exige unas precisiones que no toleran esas distorsiones del lenguaje", sino unas circunstancias muy concretas que no se dan en el caso que se juzga.
El Supremo recuerda en este punto, para confirmar la sentencia, su doctrina sobre el ensañamiento, cuando dice que las acciones del condenado deben buscar aumentar el dolor de la víctima, de modo deliberado y más allá del fin buscado en la consumación del delito, con el fin único de aumentar el sufrimiento, todo lo cual no encaja con este caso.
http://noticias.lainformacion.com/policia-y-justicia/arbitraje/el-supremo-condena-a-3-anos-y-7-meses-de-carcel-a-un-joven-por-pegar-a-su-novia_R3HYD5YR38w4wI1fNp8Es7/

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