Martes, 13 de Octubre, 2015
La Audiencia Provincial de Murcia se muestra en acuerda y reitera no condenar a un hombre por decir a su mujer "te voy a putear a muerte". Aunque no adoptó medidas contra dicha frase, si condeno al hombre por una falta de injurias a 5 días de localización permanente.
Se absuelve al hombre por interpretar que la frase se dice en un contexto en el cual la intención por la situación creada es la de molestar cuanto puede a la mujer, pero no la de proferir una amenaza. El hombres esperaba recoger a su hijo, pero a la vista de no presentarse nadie con el chico llamó a la madre y recriminó a ésta el no ser avisado. Los jueces analizaron la grabación presentada de los hechos, y de ella extrajeron dichas conclusiones.
Otra sentencia dictada por la misma Audiencia:
- Absuelta a pesar de acusar falsamente a su pareja de querer que la golpearan para perder un bebé
Fuente:
Pilar Francisco
La expresión "te voy a putear a muerte" no es una amenaza
http://cadenaser.com/emisora/2015/10/02/radio_murcia/1443778544_645008.html
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