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miércoles, 4 de diciembre de 2013

Por que necesitamos la Enmienda de Derechos Paternos?

Miércoles, 4 de Diciembre, 2013
EEUU
Enlaces:
- Presentada en EE UU una proposición de ley que evitaría miles de divorcios al año
- El juez menos conocido del Tribunal Supremo

-- Michael P. Farris, J.D. (traducido por Alex Oller-Rodriguez y Michael Ramey)
Ochenta años atrás el Tribunal Supremo declaró que “el niño no es la mera criatura del Estado; los que lo crían y dirigen su destino tienen el derecho, asociado con el alto deber, de reconocerlo y preparar [al niño] para compromisos adicionales.” Pierce v. Society of Sisters, 268 U.S. 510 (1925). Treinta años atrás la Corte siguió esta línea de razonamiento al pronunciar que el “rol primario de los padres en la educación de sus hijos está ahora establecido más allá de toda disputa como una perdurable tradición americana.” Wisconsin v. Yoder, 406 U.S. 205 (1972).
            Sin embargo, en el año 2000, cuando el estado de Washington concedió a cualquier persona la capacidad de invalidar la decisión de un buen padre sobre visitas diciendo simplemente que sería “mejor” para los niños permitir que una tercera persona tenga derechos de visita, en la Corte Suprema:
  • Hubieron seis opiniones diferentes y ninguna alcanzó una mayoría de cinco votos.
  • El juez Thomas fue el único de la Corte Suprema que indicó claramente que los derechos paternos reciben la misma alta norma jurídica de protección que otros derechos fundamentales.
  • El juez Scalia sostuvo que los padres no tienen derechos de cualquier índole que estén protegidos por la Constitución.
            La Corte actual ha minado seriamente el apoyo para un alto concepto de los derechos paternos. Como consecuencia, numerosas cortes federales inferiores rechazan tratar los derechos paternos como merecedores de protección al nivel de cualquier derecho fundamental.
            Al mismo tiempo, los Estados Unidos están considerando adoptar la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. El presidente Obama apoya este tratado. La Secretaria de Estado Hillary Clinton ha sido una de las principales defensoras de esta Convención durante veinte años. La senadora demócrata por California Barbara Boxer ha “prometido” que este tratado será ratificado durante este mandato en el Congreso.
Si este tratado es ratificado:
  • Las leyes concernientes a hijos y padres en todos los 50 estados serán reemplazadas por esta ley internacional en virtud de una disposición específica de la Constitución de los Estados Unidos que declara expresamente la supremacía de los tratados sobre las leyes estatales.
  • Los buenos padres no tendrán el derecho de la presunción legal que actúan en el mejor interés de sus hijos. En cambio, el gobierno tendrá la autoridad de anular cualquier decisión de los padres concerniente a sus hijos, si éste cree que puede tomar una mejor decisión.
  • Los padres no podrán dar nalgadas a sus hijos.
  • Los hijos tendrán el derecho legal de elegir su propia religión. A los padres se les permitirá únicamente dar consejo.
  • Los Estados Unidos estarán bajo la obligación legal de incrementar ampliamente el gasto federal en programas para niños.
            El único tipo de ley que puede anular un tratado es la Constitución de los Estados Unidos. Ni las leyes ni las constituciones estatales pueden invalidar tratados. No hay garantías de que los estatutos federales puedan anular tratados; además, entramos en la promesa legal vinculante de obedecer un tratado cuando lo ratificamos. Los Estados Unidos no deben prometer obedecer un tratado y después decir que es apropiado obedecerlo cuando queramos. De entre todas las naciones, Estados Unidos debe respetar la administración de la ley.
            Sólo hay una posible solución a la erosión del apoyo para los derechos paternos en la Corte Suprema que pueda, además, parar la invasión de la ley internacional.
            Debemos establecer, de manera explícita y dentro de la Constitución, los derechos paternos que hayan sido honrados con el paso del tiempo, tal y como fue reconocido por la Corte Suprema durante setenta años.
            No podemos esperar hasta que nuestros derechos sean formalmente destruidos. Debemos actuar ahora para detener la ley internacional y proteger estos dos principios claves:
  • A los padres que sean aptos se les debe permitir el estar al cargo de la crianza de sus hijos.
  • Los legisladores de los Estados Unidos, no los tribunales internacionales, son los que deben dar forma a la política pública concerniente a las familias y los hijos en los Estados Unidos.
Si crees en estos dos principios, apoya los derechos paternos:
Obtenga este articulo en forma pdf.Lee la enmienda.

http://www.parentalrights.org/index.asp?Type=B_BASIC&SEC={8A618F79-A254-4EC2-8097-8054155619FB}

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