Miércoles, 28 de Mayo, 2014
La Audiencia mantiene que la patología mental de la madre no es grave y que puede compartir la tutela con el padre
La Audiencia Provincial de Murcia ha
confirmado la sentencia del Juzgado de Familia que acordó la custodia
compartida de una hija porque la enfermedad mental que padece la madre
no tiene entidad suficiente para asignarla en exclusiva al padre.
La
sentencia desestima así el recurso que este último presentó contra la
resolución judicial, que, en diciembre de 2013, acordó la atribución de
la custodia compartida. La Audiencia indica que el apelante expuso en su
recurso que esa modificación no era aconsejable, en bien de la menor,
ya que su exesposa y madre de ésta padece una epilepsia y un trastorno
bipolar, además de «un carácter agresivo y de haber protagonizado
episodios de violencia».
Frente a esa argumentación, la sala
indica que de las pruebas aportadas al caso se deduce «que no padece
trastorno bipolar de ningún tipo, sino que lo que tiene es un trastorno
depresivo recurrente, del que desde hace tres años está totalmente
asintomática, con tratamiento psiquiátrico y psicoterapéutico de
mantenimiento».
Enlace publicado en otro medio:
- Ceden la custodia compartida porque la enfermedad mental de la madre «no es grave»
http://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2014/05/28/enfermedad-le-impide-custodia-hija/562540.html
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