SANTANDER, 17 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a dos hombres de sendos delitos de violencia de género porque el día de la celebración del juicio oral, las víctimas optaron por no testificar en contra de sus respectivos compañeros sentimentales.
El primero de los casos ocurrió supuestamente en junio de 2009 en Santander. La mujer fue la única persona que presenció la presunta agresión, ya que el otro testigo que declaró en el juicio no vio directamente lo sucedido. En realidad, conoció los hechos por lo que la mujer le contó de los mismos, y lo que presenció fueron sólo los insultos posteriores, pero no los hechos de que se acusaba al hombre.
En consecuencia, ante la falta de testigos, la Audiencia de Cantabria estima el recurso del acusado contra una sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander, que le condenó a seis meses de prisión y dos años de prohibición de acercamiento o comunicación con su pareja, a quien además debía indemnizar con la cantidad de 150 euros.
En principio, se acusaba al hombre de acudir, tras haber consumido bebidas alcohólicas, al domicilio que compartía con su pareja, discutiendo con ella, insultándola y agarrándole del pelo. Supuestamente, también la había empujado y abofeteado, provocándola que sangrase por la nariz y requiriese asistencia médica en el Hospital Valdecilla.
Pero este relato de los hechos queda anulado por la falta de testimonios que lo probaran. La mujer se acogió a su derecho a la "dispensa" que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que se libera de la obligación de declarar a los parientes o cónyuges de los acusados. Y no existe la posibilidad de recoger lo que declaró en las diligencias anteriores ni en el sumario, ya que es necesario que las pruebas se reproduzcan en el juicio oral.
Lo mismo sucede con otra sentencia, en este caso por unos hechos que presuntamente sucedieron en noviembre del año pasado, también en Santander. Entonces, se acusaba al supuesto agresor de agarrar del cuello y del pelo y golpear a su esposa en presencia de la hija menor del matrimonio.
En un primer momento, el Juzgado de lo Penal número 1 de Santander le condenó a nueve meses de prisión y prohibición de acercarse o comunicar con su mujer durante dos años y tres meses. Pero la mujer decidió igualmente no declarar, y el resto de testigos no observaron ninguna agresión directamente, sino que conocieron lo que ella les trasladó entonces y vieron las lesiones posteriores. Y el acusado sólo admitió haber mantenido una discusión con su esposa.
http://www.europapress.es/epsocial/igualdad-00328/noticia-absueltos-dos-acusados-violencia-genero-porque-victimas-optaron-no-declarar-juicio-20100217113357.html
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