El Ejecutivo considera que la norma valenciana, en vigor desde el 5 de mayo, invade competencias exclusivas del Estado
02.07.11 - J. B./AGENCIAS | VALENCIA
El Consejo de Ministros acordó ayer interponer un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley de custodia compartida, que establece que si no hay acuerdo entre los padres en un proceso de divorcio, el juez debe primar la imposición de esta figura para determinar el régimen de convivencia de los hijos, siempre que se cumplan una serie de requisitos por parte de los progenitores.
El Gobierno, que cuenta con el dictamen favorable al recurso del Consejo de Estado, justifica la decisión al entender que la norma vulnera las competencias del Estado sobre legislación civil. A juicio del Ejecutivo, regula instituciones civiles que carecen de antecedentes en el ámbito de la legislación foral valenciana y, por lo tanto, excede las atribuciones de la autonomía.
El Gobierno añade que la Constitución, en su artículo 149, reserva al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación civil, «sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las comunidades autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, donde existan». Precisamente, el Consell se amparó en el articulado del Estatuto que recoge esta misma cuestión para impulsar la ley.
Sin embargo, el Ejecutivo recalca que la ley valenciana, que entró en vigor el pasado 5 de mayo, «no puede encontrar amparo» en la competencia exclusiva que reconoce el Estatuto (artículo 49.1.2), «dado que no desarrolla ninguna disposición propia del derecho civil de la comunidad autónoma».
La réplica del conseller de Gobernación, Serafín Castellano, no se hizo esperar. Lamentó que el Gobierno socialista «use siempre la competencia como excusa para discriminar políticamente a la Comunitat», y añadió que «una vez más, quiere que los valencianos estemos en un segundo plano a nivel político y competencial».
Castellano no se mostró sorprendido por la decisión, pues dijo que ha sucedido lo mismo con la Ley de Régimen Económico Matrimonial, también recurrida. «Además, han sido incapaces de cumplir su palabra y retirar el recurso», dijo, antes de añadir que la decisión del Ejecutivo busca frenar «la capacidad de autogobierno» y que responde a una motivación política.
«El Consell- continuó- no va a consentirlo y va a ser firme en la defensa de los valencianos, de sus señas de identidad, de su historia, de su futuro y en la defensa de una competencia que la Generalitat tiene estatutariamente atribuida».
Castellano aseguró que con el Estatuto en la mano «nadie puede negar la competencia para conservar, modificar y desarrollar nuestro derecho foral, no sólo porque lo dice el artículo 49.1.2, sino porque el artículo 7 y la Disposición Transitoria Tercera son de una claridad meridiana» en este sentido.
El conseller ya ha anunciado que pedirá la convocatoria de la comisión bilateral de cooperación entre el Gobierno y el Consell para buscar algún tipo de acuerdo. En el caso de que el Constitucional falle a favor del Gobierno, habrá que esperar al contenido de la sentencia para saber qué sucede con los procesos en los que actualmente se ha aplicado la ley. Eso sí, la previsión es que no supondría una aplicación retroactiva, pues este tipo de sentencias siempre pueden variar por otros motivos. Hay que recordar que las situaciones relacionadas con el derecho de familia nunca son definitivas, pues un cambio personal (por ejemplo de lugar de trabajo) puede acarrear una revisión del régimen de convivencia.
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