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jueves, 21 de julio de 2011

El juez Serrano, suspendido hasta el fallo del caso del «niño cofrade»

El Consejo del Poder Judicial ratificará mañana en Pleno la medida cautelar
Día 20/07/2011

El juez Francisco Serrano, a la entrada de los juzgados de Sevilla
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) confirmó ayer la suspensión cautelar en sus funciones del juez de familia de Sevilla Francisco Serrano después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmara la apertura de juicio oral contra el magistrado al hallar indicios de presunta prevaricación al cambiar el régimen de visitas a un niño para que pudiera salir en una procesión de la Madrugada de Sevilla, un caso por el que la Fiscalía solicita su inhabilitación durante diez años —pena que la acusación particular en representación de la madre del menor, eleva a veinte años— y el pago de una multa de 5.400 euros.
La Comisión Permanente del Consejo acordó la medida, que será ratificada el jueves por el Pleno «sin entrar en el fondo del asunto, en virtud de los artículos 383.1 y 384.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que regula la suspensión de los jueces y magistrados «cuando se haya declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones». La medida se aplica con carácter cautelar «mientras dure el procedimiento judicial y hasta que recaiga sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento», .
El juez Serrano, cuya figura trascendió a la opinión pública a nivel nacional especialmente por sus críticas a la Ley de violencia de Género, que tacha de «discriminatoria» y por su enfrentamiento con la presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica, está acusado de un delito de prevaricación por cambiar en un día y medio el régimen de visitas de un niño para que saliese en una procesión, cuando la decisión correspondía tomarla al Juzgado de Violencia sobre la Mujer, que era el competente en el divorcio de sus padres y regulaba por tanto el régimen de visitas.
La medida fue solicitada al juez Serrano como titular del Juzgado de Familia 7 de Sevilla por el abuelo paterno del niño. La abogada de la madre había dirigido un email al letrado del padre en el que exigía al padre que se le informe «exacta, documental, formal y expresamente», —señala el escrito de la Fiscalía— de una serie de datos relacionados con la salida procesional de su hijo en la Hermandad del Silencio, como si estaría alimentado, si dispondría de servicio médico o si la hermandad aceptaba la presencia de mujeres. Estas reticencias provocaron la súplica del menor y de su abuelo para la intersección judicial. Tras ello, el juez ahora imputado acordó celebrar una comparecencia dando audiencia al niño.
La Fiscalía entiende que el magistrado tomó esta decisión sin escuchar a las partes y basándose para ello en un supuesto correo electrónico que habría enviado la madre al padre poniendo «obstáculos» a la salida como paje del menor.

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