Reunión de los lunes

Nos reunimos todos los lunes a las 20,30 horas en la C/Vinaroz nº31, entrada por C/Pradillo, MADRID ¡TE ESPERAMOS!

domingo, 24 de junio de 2012

La Audiencia condena a dos mujeres a permanecer separadas y no comunicarse por sendos delitos de amenazas

Domingo, 24 de Junio, 2012
La Sección número 3 de la Audiencia Provincial ha condenado a dos mujeres, pareja sentimental, a la pena de cuatro días de localización permanente en domicilio distinto y alejada la una de la otra, prohibición de aproximarse recíprocamente a una distancia inferior a 200 metros y a comunicarse entre sí por cualquier medio durante seis meses, como responsables de sendas faltas de amenazas.
La Sección número 3 de la Audiencia Provincial ha condenado a dos mujeres, pareja sentimental, a la pena de cuatro días de localización permanente en domicilio distinto y alejada la una de la otra, prohibición de aproximarse recíprocamente a una distancia inferior a 200 metros y a comunicarse entre sí por cualquier medio durante seis meses, como responsables de sendas faltas de amenazas.
En concreto, los hechos tuvieron lugar en noviembre de 2011, cuando una de las mujeres, H., estaba en casa de unos amigos y recibió una llamada por teléfono de su pareja sentimental la también acusada L., diciéndole que era una "hija de puta", y que "la cría no se duerme porque no estás aquí, te voy a degollar, aquí no vuelvas, te voy a echar los pestillos", lo que pudo oír el resto de los presentes al tener puesto el manos libres del teléfono móvil.
Días después, H. envió un mensaje de texto al teléfono de L., en el que le amenazaba diciéndole textualmente que su única meta era hacerle "la vida imposible juro por mi hija vas a pagar caro", según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
El Juzgado de Instrucción número 5 de Murcia estimó hechos probados no eran constitutivos de delito y condenó a las acusadas como autoras criminalmente responsables cada una de ellas de una falta de amenazas a cada una la pena de cuatro días de localización permanente en domicilio distinto y alejado de la víctima, prohibición de aproximarse recíprocamente a una distancia inferior a 200 metros y a comunicarse entre sí por cualquier medio durante seis meses y al pago de las costas procesales.
No obstante, la jueza absolvió a la acusada L. del delito de malos tratos que se le imputaba, declarando las costas de oficio.
http://noticias.lainformacion.com/policia-y-justicia/acusado/la-audiencia-condena-a-dos-mujeres-a-permanecer-separadas-y-no-comunicarse-por-sendos-delitos-de-amenazas_IqqB2Y6V8EBG4N8EUrst41/

No hay comentarios: