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La Sección Primera de la Audiencia de Alicante ha confirmado la negativa de suspender la pena impuesta a un hombre por violencia de género mientras se tramita su indulto, según un auto hecho público hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV).http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1482110
El fallo desestima el recurso de apelación interpuesto por el condenado contra una resolución dictada el pasado mes febrero por el Juzgado de lo Penal número 1 de Orihuela en la que se le denegó la suspensión de la ejecución de la pena.
El procesado fue condenado en junio de 2005 a seis meses de prisión por un delito de violencia de género habitual y a tres meses de cárcel por cada uno de otros tres delitos de violencia de género.
En un auto emitido el pasado 30 de julio y contra el que no cabe interponer recurso alguno, la Audiencia de Alicante argumenta que "la solicitud de indulto no conlleva la suspensión del cumplimiento de la pena" e indica que la sentencia debe ser ejecutada una vez que ha sido declarada firme.
En este caso concreto, el tribunal aduce que la concesión del indulto "presentará serias dificultades" por la "naturaleza de los hechos cometidos y de su aparente peligrosidad".
Señala que el penado ya fue, además, condenado en sentencia firme de julio de 2005 a la pena de doce meses de prisión por un anterior delito de maltrato familiar, lesiones y quebrantamiento de condena o medida cautelar.
También reseña que la suspensión de la ejecución de la pena ahora pedida fue denegada por un auto con fecha de 19 de noviembre de 2009 y confirmada por la propia Sección Primera de la Audiencia de Alicante en noviembre del año pasado.
El tribunal aduce que "las circunstancias expuestas aconsejan denegar la petición de suspensión del cumplimiento de la pena".
Reconoce que "las circunstancias personales del penado se verán seriamente afectadas por tal decisión, aunque, en definitiva, de denegarse el indulto que se tramita, serán consecuencia necesaria e inevitable de la condenada impuesta".
Una decisión que está "avalada, además, por el hecho de que, de concederse la suspensión solicitada", podría prescribir la pena impuesta al condenado, "dado el tiempo transcurrido desde que la sentencia que se ejecuta fue firme".
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