Sábdo, 18 de Julio, 2015
Encontramos el enlace gracias a Mcarmen García García
Hablan de condena por la medida acordada por la Audiencia Provincial de Murcia con respecto al recurso del padre de dos menores.
Así de esta manera es como los jueces creen disponer justicia, y se habrán quedado tan anchos. Resulta que el padre y la madre cuando estaban juntos vivían en un pueblo de Valencia, pero cuando se produce el divorcio la madre decide de forma personal que muda el domicilio de las niñas hasta una localidad de Murci, aleja a las menores 250 kilómetros de su padre y de su entorno habitual.
El primer síntoma de injusticia es que se atribuye la custodia a la madre tras el divorcio. Esto se hace de forma sistemática en los juzgado españoles, algo que para los jueces es normal, declarar a los hijos huérfanos de padre. Y con tal decisión se concede a la madre el poder de decisión en cuanto a las vidas de las niñas, pues en este país, con esta justicia de ahora mismo, la figura de la patria potestad se la pasan las madres por el "felpudo". Y no es que sean ellas las culpables, no, si esto lo hacen es simplemente porque tenemos unos juzgadores que lo permiten. Que permiten que la madre por haber parido pueda hacer casi todo lo que le venga en gana con los hijos sin mayores explicaciones al padre.
Muchos que lean la noticia creerán ver una sentencia justa, y claro con respecto a las demás marca diferencia, pues en la mayoría se acepta la decisión de la madre como buena. Esto es lo típico. Para comenzar como dijimos antes, la decisión de conceder la custodia a la madre es la primera de las injuticas, y no sobre el padre, sino sobre las menores, a quienes las dejan sin padre. Pero luego ya aquí seguimos con que como es muy probable que no haya vivienda familiar de por medio, y la madre no pueda vivir "de gorra" en esa vivienda, pues decide que se marcha a otro lugar. Esta claro que el derecho de una persona a elegir su lugar de residencia no puede limitarse, pero que este derecho prime más que los derechos de las menores a continuar con su estabilidad en el entorno habitual y al lado de su padre ya no es tan normal, por muchas sentencias que avalen lo contrario.
Resuelven los jueces de la Audiencia que la madre contribuya a los gastos de desplazamiento del padre con 50 euros, en contra del criterio del Ministerio Fiscal, quien solicitaba que se redujese la pensión de alimentos al padre en 100 euros. Los jueces no son tontos, pues si adoptan la medida propuesta por la fiscaclía podrían reducir la pensión sin consecuenca alguna para el padre si éste decide no acudir a recoger a las niñas, por lo que fuerzan al padre de alguna forma o le motivan, para que recoga a las menores, pero por contra también dicha medida contribuye a que la madre vaya elaborando una estrategia para que sean las niñas quienes se nieguen a marchar con el padre (alienación parental), y de esta forma ese duro golpe pueda contribuir a que el padre llegue un momento en el cual desista de ir a buscar a las niñas.
Son 50 euros, que como decimos a muchos puede ser, que consideren como un logro la medida, y con respecto a nada lo es. Pero un taxista echaría cuentas rápidamente, y no sólo vería que no cubre gastos de ninguna forma, pues si cada vez que llega el fin de semana que ha de recoger a las niñas ha de realizar 250 kilómetros de ida y de vuelta el viernes, y otros 250 el domingo, se lleva 1.000 kilómetros cada vez. Esto sin contar los posibles atascos que pueda encontrar, sin tener en cuenta que en la Comunidad Valenciana hasta la ciudad de Alicante la carretera convencional deja mucho que desear, por lo que es más que conveniente el uso de la autopista de peaje. Y otras dos casos importantes, la primera el desgaste de los elementos del vehículo y el coste de sus revisiones, y la segunda el tiempo que debe invertir el padre en los traslados con las niñas, tiempo que se pierde de alguna forma en la relación tan racana de 4 días al mes entre el padre y las hijas.
Repartir justicia no debe ser fácil, pero lo que sí les resulta muy fácil a los jueces es imponer la guarda y custodia materna, y luego ya los demás problemas que se generan de ello pues se van resolviendo como se puede. Al final el padre que quiere ejercer su labor de padre resulta perjudicado, pero desde luego quienes no se salvan nunca de la quema son los menores.
Fuente:
Condenada a pagar 50 euros a su ex marido cada vez que le devuelva a sus hijas
http://www.elmundo.es/espana/2015/07/17/55a8e515e2704e962c8b4591.html
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