Miércoles, 22 de Julio, 2015
Una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra contradice la del juzgado de primera instancia, la cual dió autorización al padre para subir fotos de su hijo a Facebook La madre recurrión a la Audiencia, y ésta tachó la razones que la primera instancia para autorizar al padre del menor a tal fin.
Podría subir fotos se su hijo, pero siempre y cuando cuente con la autorización de la madre del menor para ello. Si no se produce con tal consentimiento materno, el padre podría acudir a los juzgados a solicitar autorización judicial antes de subir las fotos de su hijo a la red social.
El caso se enmarca dentro de un procedimiento de divorcio, en los cuales es muy común que aquello que pretende hacer el padre sea mal visto por la madre y viceversa, no obstante habrá que tener presente la advertencia, pues para los tribunales declarar huérfano vivo a los menores de su padre no es nada grave, es algo normal, al igual incluso que si es la madre la que obstenta la guarda y custodia del menor puede trasladar su residencia a otro país alejando al menor tanto de su entorno social de referencia como de ss padre, pero una foto si se toman en serio las repercusiones que ésta se pudieran derivar hacía el menor.
Fuente:
Un padre no puede publicar fotos de su hijo en Facebook sin permiso de la madre
http://www.expansion.com/juridico/sentencias/2015/07/17/55a93ae622601dee398b4590.html
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