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domingo, 10 de octubre de 2010

Absueltos del ataque del rottweiler a un niño porque el padre conocía el riesgo

Domingo, 10 de Octubre, 2010
La Audiencia de Granada ha confirmado la absolución de dos hombres que fueron denunciados por el ataque de un perro de raza rottweiler a un menor, que sufrió graves heridas, en una finca situada entre las localidades de Pinos Puente y Atarfe.
La sentencia de la Sección Segunda, a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso de apelación presentado por la madre del menor contra el fallo del Juzgado de Instrucción 2 de Granada que absolvió a M.M.M. y M.M.C. de la falta contra los intereses generales de la que fueron acusados.
Los hechos tuvieron lugar el pasado 18 de agosto de 2009, cuando el menor, junto con su cuñado y un amigo de éste, uno de los denunciados, accedieron a la finca, propiedad de una sociedad cuyo representante legal era el otro procesado.
Cuando uno de los denunciados fue a recoger a su cuñado, el menor insistió en acompañarlos a la finca, momento en que advirtió al padre de éste de que en la misma había "perros sueltos y peligrosos".
No obstante, el padre del menor insistió en que se lo llevaran y el cuñado de M.M.C. se hizo cargo del mismo, indica la sentencia.
Se desplazaron entonces hasta la finca, que se encontraba "vallada, cerrada al exterior y con carteles advirtiendo de la existencia de perros peligrosos". Una vez allí, para dar de comer a los perros, le dijeron al menor que se quedara dentro del coche, aunque éste se negó diciendo que tenía miedo.
A continuación y una vez que los tres se bajaron del coche, el menor se puso a jugar con un perro rottweiler, que le atacó y le mordió en la pierna, la ingle y el glúteo.
A consecuencia de este ataque el niño tuvo que estar ocho días hospitalizado y otros 21 incapacitado, y además sufrió secuelas por perjuicio estético y trastorno por pánico y miedo intolerable a los perros.
Para ratificar la absolución, la Audiencia se basa, entre otros motivos, en la existencia de autorización paterna para que el menor fuera hasta la finca donde sufrió el ataque y en el hecho de que los animales no se encontraran sueltos en la vía pública, sino dentro de un recinto cerrado y con advertencias de su presencia.
"El menor se encontraba acompañado por la persona a la que, de facto, fue confiada su custodia, quien pudo haberse opuesto a que entrase en la finca y no lo hizo", señala el fallo, que no estima que en este caso pueda existir responsabilidad de carácter penal respecto a los denunciados.
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/10/09/andalucia/1286619458.html

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