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jueves, 14 de octubre de 2010

PADRES DIVORCIADOS NO DEBEN HABLAR MAL EL UNO DEL OTRO CON SUS HIJOS

Martes, 12 de Octubre de 2010
Grupo parlamentario del PAN presenta reformas al Código Civil
Ciudad Victoria, Tam. (12 de octubre de 2010).- La ruptura del vínculo matrimonial (divorcio), no da derecho a la pareja a desacreditarse el uno al otro, con el objetivo de que sus hijos les desestimen su valor como padres.
El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) del Congreso del Estado, ha sometido a la aprobación del pleno reformas al Código Civil Para el Estado de Tamaulipas, con la intención de procurar que lo hijos de padres divorciados, tengan derecho a que ninguno de ellos, pueda hablar del otro, desvalorando la figura paterna o materna, según sea el caso, ante los niños y adolescentes.
Durante la sesión ordinaria del miércoles 5 de octubre, los legisladores de PAN, pidieron a sus compañeros diputados de la LX legislatura, valorar y en su caso aprobar reformas a la ley citada, con el objetivo de darles garantías a los hijos de los padres que terminen con el vínculo matrimonial, que sus propios padres no se agredirán verbalmente.
Esta es la reforma que proponen los diputados del PAN:

INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 259 BIS Y ADICIONA UN PÁRRAFO TERCERO AL ARTÍCULO 260 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS.
Se adiciona el Artículo 259 bis y se adiciona un párrafo tercero al artículo 260 del Código Civil para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:

ARTICULO 259 bis.-En tanto se decrete el divorcio, los cónyuges deben evitar cualquier acto de manipulación encaminado a producir en los hijos rencor o distanciamiento hacia el otro cónyuge. La presencia de todo acto de este tipo será valorada por el Juez y considerada en su resolución.

ARTICULO 260.-……
Dentro de la convivencia, de manera reciproca deberá evitarse todo acto de manipulación de parte de cualquiera de los progenitores o ascendientes encaminado a producir en un menor de edad rechazo, rencor o distanciamiento hacia el otro progenitor. La presencia de todo acto de este tipo podrá ser valorado por el juez para los efectos procedentes.
http://elredactor.mx/index.php/regionales/86-ultimas/3600-padres-divorciados-no-deben-hablar-mal-el-uno-del-otro-con-sus-hijos

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