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sábado, 16 de octubre de 2010

El padre condenado por violar a su hija recurre porque el ADN lo exculpa

La foto pertenece a Miguel Ángel Torres:http://www.elmundo.es/suplementos/cronica/2009/738/1260784498.html
Sevilla, 16 oct (EFE).- El padre condenado a 15 años de cárcel por violar a su hija de 8 años, tras una primera absolución hace un año por los mismos hechos, ha recurrido porque las pruebas de ADN lo exculpan y porque la sentencia de la Audiencia de Sevilla no expresa "terminantemente los hechos que se consideran probados".
El acusado A.R.R., de 46 años, fue condenado en julio pasado por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla por violar repetidas veces a su hija de 8 años en Alcalá de Guadaíra (Sevilla), en un fallo dictado después de que el Tribunal Supremo ordenase repetir, con una composición diferente del tribunal, el juicio en el que resultó absuelto en 2009.
Tras el segundo juicio, fue condenado a la pena pedida por el fiscal, consistente en 15 años de cárcel y el pago de una indemnización de 30.000 euros a su hija, mientras que la madre M.P.G.H., que se enfrentaba a la misma petición de condena, fue absuelta porque no consta con el necesario grado de certeza que fuera consciente de los abusos.
El abogado del padre, Lauro Gandul, ha recurrido ahora ante el Tribunal Supremo pidiendo la absolución de su cliente porque la sentencia condenatoria incurrió en un "error en la apreciación de la prueba" de los restos biológicos encontrados en la vagina de la menor, que no coincidían con el padre ni ninguno de sus tíos.
Además, la defensa pide que se tenga en cuenta un informe del forense sevillano que examinó a la niña y dictaminó que las lesiones y enrojecimiento del vestíbulo vaginal "son lesiones inespecíficas, que pueden tener mecanismos de tipo irritativo, inflamatorio o mecánico, pero que por sí solas no denotan penetración vaginal o mecanismos que supongan contusiones vaginales".
La defensa alega también quebrantamiento de forma "por no expresar la sentencia clara y terminantemente cuales son los hechos que se consideran probados".
En mayo de 2009, la Sección Primera de la Audiencia absolvió al padre porque la niña presentaba indicios de "abuso sexual reciente" en julio de 2005, cuando llevaba un año en acogimiento con una tía paterna y el padre tenía prohibido acercase a ella.
Recurrido el caso por la Junta de Andalucía como actual titular de la custodia de la menor, el Supremo ordenó repetir el juicio con una composición del tribunal diferente de la que absolvió al padre y a la madre de la niña, esta última por presuntamente conocer los abusos y no hacer nada para evitarlos.
El tribunal que vio el caso por segunda vez concluyó que el testimonio de la niña fue "sincero y creíble, sin viso alguno de ser aprendido ni inducido", a la vez que sus recuerdos "fragmentarios" son propios de "sucesos tan complejos y prolongados en el tiempo".
Según los nuevos hechos declarados probados, el acusado violó repetidas veces a su hija aprovechando los momentos en que se quedaban solos o con el resto de la familia dormida, así como sobre unos colchones de desecho existentes en un descampado.
http://www.nortecastilla.es/agencias/20101016/mas-actualidad/espana/padre-condenado-violar-hija-recurre_201010161644.html

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