12-12-2010
Murcia, 12 dic (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la pena de un año de prisión impuesta por un Juzgado de Cartagena a un hombre que agredió a su mujer cuando ésta le reclamó dinero para el mantenimiento de la hija común y la ha sustituido por diez días de localización permanente por una falta de lesiones.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Cartagena, en mayo pasado, dictó una sentencia en la que declaró como hechos probados que el denunciado la empujó contra el marco de la puerta y la agarró del cuello cuando su esposa le hizo esa petición en el momento en que ambos se encontraban en casa de los padres de él.
A consecuencia de la agresión sufrió lesiones que tardaron tres días en curar, y el juez, considerando los hechos como constitutivos de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, con la agravante de reincidencia, lo condenó a un año de cárcel y a pagar una indemnización a la víctima de 90 euros por las lesiones sufridas.
El acusado recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial de Murcia y alegó que había sido condenado teniendo en cuenta la declaración de la denunciante.
Afirma la sala que los hechos no son constitutivos del delito de malos tratos porque la discusión "no obedeció sino a una cuestión estrictamente económica" y añade que "tampoco hubo una situación de desigualdad, ni posición de dominio, menosprecio o subordinación".
Finalmente, concluye que tampoco se le puede aplicar la agravante de reincidencia, por lo que lo condena a diez días de localización permanente, manteniendo la indemnización fijada por el Juzgado de lo Penal y la prohibición de acercarse a su esposa.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=621783
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