El juez decano de Cáceres, Joaquín González Casso, sostiene que un artículo del Código Civil referido a la custodia compartida de los hijos no se ajusta a la Constitución
14.12.10 - SERGIO LORENZO
El Boletín Oficial del Estado acaba de publicar que el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucional planteada por Joaquín González Casso, juez decano de Cáceres.
El magistrado, que es titular del juzgado número 5 de Cáceres, asegura que un artículo del Código Civil es inconstitucional. Ese artículo, el 92.8, indica que sólo se puede adoptar la guardia y custodia compartida de los hijos, en una separación, siempre y cuando el padre y la madre están de acuerdo; o en el caso de que uno no esté de acuerdo cuando lo pida la fiscalía.
González Casso indica que este artículo no es justo, al enfrentarse a un caso concreto: el de un joven de 16 años que quería estar en régimen compartido con sus dos progenitores, que quería vivir con los dos. El padre aceptó, pero la madre no, y el fiscal informó negativamente, cuando el magistrado pensaba que lo más justo era seguir los deseos del menor.
Si el Tribunal Constitucional da la razón al juez cacereño y declara este artículo inconstitucional, se podría fomentar la custodia compartida ya que el juez tendría el poder de ordenarla aunque el padre o la madre no quisiera.
De esta forma España se equipararía a otros países europeos en donde la custodia compartida está bastante más extendida, y por ejemplo los hijos siguen viviendo en la casa, mientras que son los padres los que van rotando, o cada padre está al cargo directo de los hijos cada mes o cada tres meses. Que la Alta Rentabilidad de iBanesto te acompañe .
http://www.hoy.es/20101214/local/caceres/constitucional-estudia-demanda-juez-201012141434.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario