Aunque parezca de Perogrullo, es imprescindible recordar que nuestros hijos no nos pidieron que los trajéramos a este mundo, tampoco nosotros les pedimos permiso para tal cosa. Esto tiene una grandísima importancia, por tal causa, los papás y las mamás contraemos la enorme responsabilidad, el deber de conducirlos hasta la edad adulta, es decir, hasta que sean suficientemente “sólidos” y autónomos, capaces de ocupar “su lugar” en la Sociedad… en eso consiste “LA EDUCACIÓN Y LA CRIANZA”, los menores tienen derecho a poseer una madre y un padre, unos padres suficientemente adultos, competentes, capaces de acompañarlos hasta la adultez. Además del “derecho a la vida”, los niños y las niñas tienen derecho, a tener mamá y papá.http://www.alertadigital.com/2013/07/23/acerca-del-derecho-de-los-ninos-y-las-ninas-a-tener-papa-y-mama/
Los niños y niñas tienen derecho a la educación, a que se les enseñe a “saber ser ellos mismos”, a tomar las riendas de su vida y comprometerse con la Sociedad. Los menores tienen derecho a “saber hacer”, también a “saber vivir en grupo”, a vivir en sociedad, a sentirse a gusto entre los demás; y como no, a “saber saberes” que les permitan integrarse socialmente. Para todo ello es absolutamente imprescindible la presencia de un padre y de una madre en sus vidas diarias, a ambos necesitan por igual, por la sencilla razón de que cada uno “educa, cría de forma diferente”, ambas crianzas son necesarias y complementarias.
Es difícil encontrar a algún experto que recomiende la exclusión del padre o de la madre en la educación y la crianza de los menores… Freud, Carl Rogers, Abraham Maslow, Lacan, Piaget, o en España Rojas Marcos, Bernabé Tierno, o el Filósofo y Pedagogo José Antonio Marina (éste manifiesta en su libro “Aprender a vivir”, Editorial Ariel, que “para educar a un niño hace falta toda una tribu”) todos recomiendan la presencia de la figura paterna y materna en la vida de los niños y adolescentes para que éstos alcancen el suficiente equilibrio emocional cuando lleguen a la adultez.
No podemos olvidar que cuando un niño nace es un ser frágil, vulnerable; lo será durante toda su infancia, también durante la adolescencia, es decir aproximadamente una veintena de años.
Entonces, cuando haya conseguido la madurez suficiente, cuando esté en condiciones de ser autónomo y adulto, podrá abandonar “el nido familiar”.
Mientras tanto, tiene derecho a esperar de sus padres todo lo que necesite para ocupar su lugar en la Sociedad. Necesita aprender, que se le eduque para que “sea el mismo”, sea capaz de tomar las riendas de su vida (tomar decisiones y hacerse responsable de los resultados de sus actos) y comprometerse en la Sociedad.
Nuestra Sociedad está realizando enormes progresos en multitud de ámbitos como la biología, la genética, los medios de comunicación, la informática, la investigación científica… Pero a la vez la Sociedad cada día que pasa está más afectada por la droga, el alcoholismo, los embarazos precoces, el aborto, el suicidio, la violencia, las diversas formas de delincuencia, la marginación social, etc.
Si hurgamos un poco para llegar al origen de todos esos males, acabaremos topándonos con dos cuestiones esenciales: la familia y la educación.
Y ¿qué se hace al respecto por parte de los poderes públicos?
Cada día es más necesario procurarles a los padres, y sobre todo a los más jóvenes, una formación de base que les permita acompañar a sus hijos hasta la adultez. Cada día se hace más necesario prestar ayuda pública a quines desean fundar un hogar y tener hijos, para que lo hagan en las mejores condiciones posibles. Porque a ser padres se aprende, no es suficiente con lo que hemos recibido de nuestros progenitores.
Los poderes públicos tienen la responsabilidad de ir preparando el porvenir con la anticipación suficiente, no pueden seguir desentendiéndose como hasta ahora, desinteresándose de la familia que es la célula básica de la Sociedad. Es de extrema urgencia proporcionarles a los padres una adecuada formación para que sean educadores competentes.
Y, ¿qué decir de las rupturas matrimoniales y del divorcio?
Los niños tienen derecho a un “hogar completo” en la manera de lo posible, un lugar de amor y de estabilidad. Y cuando carezcan de él, se verán seriamente afectados en el desarrollo de su personalidad.
Actualmente se vive una gran inquietud ante el aumento de las rupturas de pareja (en los últimos años, según las estadísticas oficiales, ha habido más de 150.000 separaciones anuales, casi la cuarta parte de las rupturas de la UE) pero los poderes públicos, por desgracia pocas medidas están tomando para poner freno al verdadero desastre que todo ello supone para los hijos.
Si continúa la tendencia actual, a no mucho tardar más de la mitad de los niños que han nacido últimamente en España, vivirán sin uno de sus padres biológicos, generalmente el padre, antes de que lleguen a ser mayores de edad.
Son legión los sociólogos y trabajadores sociales que han ido constatando que existe relación (aunque no sea la causa exclusiva) entre la falta de padre y problemas como los fracasos escolares, la delincuencia juvenil, el consumo de drogas, los trastornos de la alimentación (bulimia y anorexia) los embarazos precoces y el que los menores se acaben fugando de casa.
La Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño, obliga a los Estados partes a que velen por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos.
También obliga a los Estados firmantes -como es el caso de España- a respetar el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.
En la misma dirección, la Convención sobre los Derechos del Niño obliga a los Estados parte a poner el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbe a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño.
A los efectos de garantizar y promover los derechos enunciados en la mencionada Convención, los Estados partes están obligados a facilitar la asistencia apropiada a los padres y a los representantes legales para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño y han de velar por la creación de instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de los niños.
Actualmente, la práctica habitual de los Juzgados españoles, de conceder custodias exclusivas, monoparentales (generalmente a las madres) está ocasionando serios perjuicios a los niños, se les está separando contra toda lógica de sus padres.
Según parece hay que ser especialmente precavidos a la hora de conceder un régimen de custodia compartida, no sea que se perjudique a los menores. Este prejuicio implica, claro está, que la custodia compartida (según los que propagan esta falacia) teóricamente puede perjudicar a los hijos, y por supuesto hay que consentirla de manera excepcional… y además, los que la piden (se supone que quienes la piden son solamente varones) es seguro que tienen objetivos “extraños” que por supuesto nada tienen que ver con el “interés superior del menor”.
Permítaseme preguntar:
¿Hasta cuándo va a seguir practicando en los Juzgados de Familia la discriminación por razón de sexo?
¿Hasta cuándo va a seguir la inercia de “lo mejor es que se quede con la madre”?
¿Por qué no se toman las mismas precauciones cuando se trata de una custodia exclusiva, monoparental, y materna, como sucede en la mayoría de los casos?
El primer y más elemental-fundamental derecho de un niño, no lo olvidemos (aparte del derecho a la vida) es el de tener un padre y una madre. Y la custodia monoparental exclusiva condena a los hijos a una orfandad cruel y estúpida, además de innecesaria.
Pero… ¿A qué nos referimos cuando hablamos de Custodia Compartida?
Pues, se trata sencillamente de que, después de la ruptura de pareja, los progenitores sigan siendo socios en aquello de educar y criar a sus hijos, a pesar de no vivir juntos.
Quienes hablamos de guarda y custodia compartida estamos hablando del derecho del menor al cuidado y educación habitual de ambos progenitores, y del equilibrado reparto de derechos y deberes de cada uno de ellos; un derecho fundamental e irrenunciable de los menores afectados por la separación de sus padres.
Nos referimos a que ambos padres tienen derecho a acordar la forma de aplicación de dichos derechos y obligaciones de mutuo acuerdo, siempre que sea favorable al interés de su hijo.
También afirmamos que ante la falta de acuerdo entre los progenitores, no debería haber ningún impedimento para aplicar la guarda y custodia compartida, como norma general y siempre adaptándola a cada caso concreto.
Y entendemos que en los casos excepcionales en que no se aplique, la resolución debería argumentar, justificar expresamente el motivo que incapacita al progenitor excluido, o en su caso a los dos.
Otro asunto del que no podemos olvidarnos es el de que la costumbre de los tribunales españoles de conceder e imponer la guarda y custodia monoparental, es perjudicial y discriminatoria para los niños al desequilibrar la relación con sus padres, para el progenitor no custodio al impedirle ejercer su función, y para el progenitor custodio al responsabilizarlo del cuidado y educación de los hijos, limitando su desarrollo profesional, personal y social, lo que va en contra del principio de igualdad.
La custodia monoparental exclusiva fomenta que los niños, que se ven privados de la figura paterna o materna, por el enorme desequilibrio que en ellos suscita, sean más proclives al fracaso escolar, al coqueteo con el mundo de la droga, a la delincuencia juvenil, a abandonar el hogar, al suicidio…
Se está conculcando de este modo el derecho del menor al cuidado y a la educación de ambos progenitores, y por supuesto se está impidiendo un reparto equilibrado de derechos y deberes de cada uno de ellos, madre y padre.
Es especialmente urgente poner la legislación española al día, es imprescindible reformar el derecho de familia, como se viene haciendo desde hace muchos años en los países de nuestro entorno cultural (Francia, Suecia, Canadá, EEUU…) Para que los hijos de padres separados sigan viviendo en concordia, tolerancia y puedan seguir creciendo con alegría a pesar de que sus progenitores vivan separados. El único modelo es la custodia compartida, un modelo “solidario” entre ex esposos, que aún deben seguir siendo “socios parentales”. Y de paso, también, los niños aprenderán a compartir, a resolver los problemas mediante el mutuo acuerdo, de manera no violenta, a respetarse entre sexos diferentes, a ser solidarios… Merece la pena. Está en juego, nada menos, que el porvenir de nuestra Sociedad…
Como se indicaba al comienzo del texto, todas las corrientes actuales de la Psicopedagogía , y particularmente las autodenominadas humanistas, afirman con total rotundidad que entre las principales necesidades de los niños (por supuesto también de las niñas) están la de sentirse amados, sentirse aceptados (tal cual son, con sus riquezas y sus limitaciones) no sentirse una carga o algo parecido, sentirse aprobados en sus aspiraciones, en sus actos; sentirse reconocidos, sentirse en un entorno de seguridad tanto material como afectiva, etc. pero si de algo tienen, también, especial necesidad y derecho es de poseer una madre y un padre suficientemente adultos, competentes y responsables que los acompañen hasta la adultez.
Sin embargo, los medios de comunicación, las instituciones de protección de la infancia y de los adolescentes y las leyes de nuestro país, privilegian la relación con la madre en detrimento de una adecuada relación con el padre. Parece como que la idea preponderante es la de que la madre y el Estado son los únicos capacitados para ocuparse de ellos. Sin duda esta conspiración, premeditada, cruel, innecesaria y no precisamente casual, lo que viene es a reafirmar un machismo mal entendido, que aleja aún más a los padres de su responsabilidad en el cuidado y acompañamiento de sus hijos mientras estos crecen.
Es difícil de entender a estas alturas, que haya aún gente en nuestro país que siga considerando positivo para alguien el obligar a los padres a dejar de serlo, simplemente porque se divorcien de sus cónyuges.
Resulta llamativo que se proclame la conveniencia de un mayor compromiso de los padres en la crianza y en la educación de los hijos durante el matrimonio y cuando se rompe el contrato matrimonial se atribuya de forma sistemática la guarda y custodia monoparental a las madres (y de hecho también la patria potestad, más acertado sería decir autoridad parental) expulsando a los padres de la vida de sus hijos y condenándolos a una orfandad incomprensible, además de otras consecuencias especialmente graves.
Reunión de los lunes
jueves, 25 de julio de 2013
Acerca del Derecho de los niños y las niñas a tener papá y mamá
Jueves, 25 de Julio, 2013
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