Domingo, 1 de Noviembre, 2015
La Audiencia Provincial de Granada condena a un hombre a seis meses de prisión por incumplir la medida urgente adoptada en un juzgado de Órgiva que impedía las comunicaciones telemáticas con su ex pareja.
La sentencia fue apelada tanto por la denunciante como por el acusado, y los Magistrados de la Audiencia no dan la razón a ninguno. Por un lado absuelven al hombre de los delitos de maltrato de obra y amenazas enjuiciados en la ley de violencia de género, de los que la mujer pretendía que fuera condenado, pero por otro lado condenan al varón por el incumplimiento de la orden de comunicaciones a través de whatsapp, pues no consideran que sea justificación que el acusado mantenga que la conversación fue iniciada por la es mujer, ya que ni queda demostrado, y por otro lado además él conocía que no podía comunicarse con ella.
Fuente:
Pedro Aguilera
http://www.granadahoy.com/article/granada/2144392/carcel/por/quebrantar/una/orden/alejamiento/con/whatsapp.html
1 comentario:
PROFESIONALES EN ENTREDICHO. LAS INJUSTICIAS Y ABSURDOS SON EL DESPRESTIGIO DE PROFESIONALES DE ESTAS CARACTERÍSTICAS. LA ABERRACIÓN DE LA LEY EN LA POLÍTICA APROVECHADA Y PERJUDICIAL PARA LOS CIUDADANOS SIGUE CREANDO PERVERSIÓN Y DEGENERADAS SITUACIONES A LOS CIUDADANOS. VIVIMOS LA INEFICACIA DE LA POLÍTICA , DE PROFESIONALES DE VARIOS ÁMBITOS, ASÍ COMO DE LOS CIUDADANOS. NOS DAN GATO POR LIEBRE Y ENCIMA NOS CORTAN UNA PATA Y TODOS TAN CONTENTOS.
PENDRAN QUE PAGAR CON PENAS ESTA GENTE. DENUNCIEN ESTAS ACCIONES AL TRIBUNAL SUPERIOR, INTERPONGAN DENUNCIAS , INVADAN DE DENUNCIAS Y QUEJAS AL PODER JUDICIAL. ABOGADOS INCAPACES DE DEFENDER LO QUE TIENEN QUE DEFENDER.
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