Viernes, 22 de Enero, 2016
Lleva divorciada 26 años (la noticia cita 22), y los juzgados en Vigo por los que ha pasado le han dado la razón. La Seguridad Social es quien ha recurrido las sentencias a favor de la demandante. La pensión de viudedad se obtiene derivada de una pensión de alimentos a su hija.
Y los tribunales convierten esta pensión de alimentos a la hija, en una pensión compensatoria, y en este caso ya de viudedad, pues que el ex marido falleció en el año 2012. La base de los tribunales para la pretensión de la mujer, ha sido que es considerada víctima de violencia de género desde el año 1981, pero en ese año, todavía esa violencia mal llamada de género, en España aún no se había entrado.
Fuente:
http://www.farodevigo.es/sociedad/2016/01/20/supremo-concede-pension-viudedad-maltratada/1388596.html
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