Otra mujer que ha sido condenada en 2016 por el delito de denuncia falsa. Otra mujer a quien gracias a que las denuncias falsas no se persiguen, se ha permitido el lujo de mentir con descaro, y acusar y convertir a un varón en culpable de antemano. La noticia la identifica por M.A.G.L.
Es el Juzgado de lo Penal 1 de Ferrol quien condena a la mujer a una multa de 5 euros diarios durante 12 meses, muy barato resulta mentir, y provocar que un hombre pudiera haber entrado en prisión. El hombre mantenía una orden de alejamiento en vigor, y en este caso la mujer denunció que su ex marido la perseguía en su coche, cuando resulta que el vehículo se encontraba en el taller. El hombre pudo en este caso acreditar una prueba fehaciente con respecto a que era imposible que fuera él, o ciertos los hechos, sino, como en otros casos (por ejemplo el de Tomás Gallego, al cual pertenece el vídeo de la entrada), hubiera acabado en prisión.
La juez que ha condenado a este mujer es María Jimena Couso Rancaño. Según la noticia la condena que ha aplicado esta juez es de 5 euros por día, durante 12 meses, lo que sitúa el precio de la denuncia falsa en 1800 euros.
¿Orden de alejamiento? Nooooo, Licencia de Caza.
DE UNA DENUNCIA FALSA- instrumental- cuyo origen está en una infidelidad cometida por el hombre y de la que salió absuelto en base a que la versión de ella no se mantiene en el tiempo, no es persistente y adolece de falta de credibilidad, siendo los hechos probados la expresión del hombre “vete, no quiero saber nada más de ti” A LA CÁRCEL ¿Cómo es posible? pues entre denuncia y juicio absolutorio se puede hacer y se hace como se ve en el vídeo un uso inmoral e indecente de la orden de alejamiento. Se puede apreciar la animosidad y animadversión contra el hombre, incluso en sede judicial y a la espera de entrar en la sala de vistas, su ex-mujer hizo uso de esa orden llamando a policía (a dos metros del hombre su exmujer enseñándole la orden de alejamiento a un policía nacional requiriéndole para que lo detuviese), lo que únicamente mereció una reprobación verbal por parte de la juez. Si vives en un pueblo pequeño de apenas 1500 habitantes, que tu trabajo diste de la residencia de tu ex-mujer 50 mtrs, (distancia de la orden de alejamiento) y que en esos 50 mtrs. al ser el centro del pueblo estén comercios, estanco, bares, bancos, farmacia, etc. haz caso de quien te diga "..aún te vas a tener que ir del pueblo..van a por ti". Los hechos enjuiciados ocurren en piscinas públicas de Sádaba y la vista es pública por lo tanto la finalidad de la difusión es únicamente dar a conocer la mendacidad de la acusación y el uso espurio que de la orden de alejamiento puede hacerse con total impunidad. Estos juicios además son una escuela, aquí no había ni gestos, ni miradas, ni.. en otras denuncias ya los había. De este juicio salió absuelto, con posterioridad otro quebrantamiento denunciado por esa, por aquel entonces amiga, de su ex y provocado ya no tuvo suerte, solo fue cuestión de coincidir ambas en versiones. Posteriormente su ex lo volvió a denunciar, ya se había liado con el sargento de guardia civil jefe de policía judicial de Ejea. Condenado por quebrantamiento con el testimonio connivente y mendaz de su actual pareja el sargento, ya que la instrucción y presentación en juzgado fue a instancias de policía judicial. Esta es la vergonzosa mal llamada ley de violencia de género que tenemos en españa y la utilización espuria del alejamiento con plena impunidad, una ley que no protege del maltrato real y que es utilizado para los fines más ruines: venganzas, rai, subvenciones, custodia, etc. Finalizado el juicio el abogado dice al hombre, todo esto son paranoias no? Pues estas paranoias son las que por desgracia llevan a inocentes a la cárcel y otros que no han podido soportar la presión han acabado suicidándose. DEROGACIÓN YA LEYES DE GÉNERO. BASTA DE INDEFENSIÓN DEL HOMBRE.
Posted by Tomas Gallego Lopez on domingo, 7 de junio de 2015
Fuente:
Javier Abril
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/ferrol/ferrol/2016/01/16/condenan-mujer-denunciar-falso-exmarido/0003_201601F16C5992.htm
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