Los datos son del año 2016, y reflejan que ni siquiera llega a 100, el número de casos donde los jueces han sentenciado tras la separación o divorcio, el régimen de la custodia compartida. Y eso que nuestro Tribunal Supremo, desde el 29 de Abril del 2013, ha asentado en la jurisprudencia que corresponde a esta materia, que la custodia compartida es el régimen que los jueces han de aplicar en favor de proteger el interés del menor, como norma, y salvo que se demuestre que aislar a los hijos de su padre (rara vez es de la madre), pueda suponer un peligro para los menores.
Coincide la noticia con el día del padre, día que nos da a ver a la perfección la discriminación y menosprecio que en España se produce contra la figura paterna de los hijos, pues en muchas comunidades autónomas, siquiera es festivo. Y para un padre separado que ve, que visita, a sus hijos 4 días al mes, un día festivo es una grandeza, pues supone un 25% del tiempo más que podrá estar en la compañia de los hijos. Tienden los jueces a "dar" este día a los padres para visitar a sus hijos, pero sin pernocta, como una visita más, en donde a una hora concreta y exacto, los hijos desde ese moento van a poder permanecer en la compañía de su figura paterna. Por contra, otros muchos menores pasarán ese día sin poder ver a sus padres. No serán pocos los niños que sientan la discriminación en sus aulas, cuando sus compañeros expresen la alegría de ir a entregar un regalo a sus papá, y ellos siquiera puedan pronunciar su nombre ante el temor del enfado de sus mamás.
Los siguientes datos son del INE:
- en 2016 se dio la custodia al padre en 93 de los procesos. La madre se quedó con los niños en 1.446 de los casos. La custodia compartida se decretó en 227 de las rupturas.
- en 2015 fueron 67 las veces que un padre se quedó con la custodia única en la Región. En el caso de las madres, 1.376. La custodia compartida se estableció en 226 ocasiones.
- hasta 2014, revela que aquel año se dio la tutela íntegramente al padre en 62 ocasiones, a la madre en 1.460 y compartida en 173.
Juristas, cita el medio fuente, consultados argumentan que el padre no pide la guarda y custodia exclusiva, y ello sin desmentir sus manifestaciones, es porque en la mayor parte de casos son los propios abogados inexpertos en materia de familia, quienes no advierten al padre que aquello que no se pide, los jueces no van a concederlo. Inexpertos y torpes abogados, piden sólo para el padre la custodia compartida, una custodia compartida que la madre sólo con presentar una denuncia por violencia de género, ya impide, pues si se está incurso en un procedimiento de violencia, los jueces no pueden dictaminar la guarda compartida, y entonces aplican la sistemática machista de imponer la custodia a la madre.
Mañana lunes, 19 de Marzo de 2018, día del padre, día que en muchas comunidades autónomas siquiera es considerado como festivo, los padres murcianos sí saldrán a la calle aprovechando que en Murcia sí es fiesta:
Manifestaciones de Elena Pajares:
- "Los padres son discriminados a la hora de asignarles el rol de progenitor custodio", cree la abogada Elena Pajares.
- «los padres son sistemáticamente discriminados a la hora de asignarles el rol de progenitor custodio».
- «Diversos motivos son los que explican esta realidad. La mayoría de esos motivos tiene relación con las dificultades que tenemos las mujeres para acceder al mercado laboral una vez que somos madres, y con la cantidad de tiempo de más, con respecto a nuestros maridos, que pasamos en casa, bien de forma exclusiva por ser esa la ocupación principal, o bien ejerciendo labores domésticas cuando salimos del trabajo»
- «Eso, obviamente, nos coloca en situación de ventaja con respecto a los padres de los niños, al resultar más idóneas, simplemente por estas más acostumbradas»
- «aunque la equiparación entre hombres y mujeres está cada vez más cerca, este es un ejemplo en el que los hombres son claramente discriminados frente a las mujeres».
- «sufren los hijos en algunos casos en que sus padres son invariablemente obviados tras la separación». «Desaparecen sin más. No se les permiten visitas, con excusas unas veces más peregrinas que otras. Se dificulta en extremo el ejercicio de su parte de la guardia y custodia, cuando lo que establece el Código Civil con respecto al progenitor no custodio es que se debe prever el modo en que pueda cumplir el deber de velar por los hijos, así como el tiempo, el modo y el lugar en que podrá comunicarse con ellos y tenerlos en su compañía»«Deberíamos rechazar aquellas situaciones en las que el desequilibrio suponga un menoscabo en el papel de padres»
Fuente:
Los hombres con la custodia única de sus hijos no llegan a cien en un año en la Región de Murcia
http://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2018/03/18/hombres-custodia-unica-hijos-llegan/906552.html
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