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lunes, 24 de mayo de 2010

Condenada por denunciar a su ex marido por falso impago de pensiones


La condena se basa en la "contundente" declaración del hijo
Lunes, 24 de mayo, 2010
La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel y el pago de dos multas de 2.160 y 540 euros a una mujer que denunció en falso que su ex compañero había dejado de pasarle la pensión alimenticia del hijo común, con una deuda acumulada de 3.366 euros.
La acusada Carmen M.R., de 55 años, denunció en octubre de 2007 en el juzgado de guardia a su ex compañero por un delito de abandono de familia al dejar de pagar la pensión alimenticia a su hijo durante un año, según la sentencia.
La denuncia fue finalmente archivada porque se demostró que el hijo, que era el titular de la pensión, había vivido con su padre entre septiembre de 2006 y abril de 2007, tiempo durante el cual la acusada no pagó la manutención a la que estaba obligada.
Dado que la pareja no se hablaba, por mediación del hijo acordaron verbalmente que éste regresaría con su madre en abril de 2007 pero que la pensión alimenticia le sería entregada a la acusada a partir de septiembre de 2007, en compensación por el tiempo en que el joven había estado viviendo con su padre y la madre no había abonado cantidad alguna.
Los magistrados critican al "mendacidad" de la denuncia
Los jueces consideran demostrado un delito de denuncia falsa y otro de estafa con utilización de fraude procesal, por lo que imponen a Carmen M.R. seis meses de cárcel y el pago de dos multas de 2.160 y 540 euros.
La condena se basa en la "contundente" declaración del hijo, que explicó a los jueces que ese acuerdo económico incluía que su padre retiraría la demanda judicial por reclamación de cantidades, y califican como "meras razones exculpatorias" las declaraciones de la madre en el sentido de que ella había hecho otros gastos como el pago de los estudios del joven.
La sentencia considera que, cuando la mujer acudió al juzgado de guardia, "omitió datos esenciales" como dicho acuerdo verbal con su ex compañero o la estancia de su hijo con el padre, lo que según los jueces "hace más reprochable su conducta".
Junto a la pena de cárcel y multa, los jueces imponen a la denunciada el pago de las costas del juicio y los honorarios del abogado de su ex compañero, personado como ejerció la acusación particular. El afectado pidió además 3.000 euros de indemnización por daño moral, que la sentencia desestima por no haber sido demostrado mediante ninguna prueba aportada al juicio pese a la "mendacidad" de la denuncia.
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/05/23/andalucia_sevilla/1274607697.html

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