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lunes, 29 de agosto de 2011

Diez menores son retirados al mes de sus familias por estar en desamparo

En lo que va de año, 68 prepúberes han precisado de la protección de la Junta, que tiene actualmente bajo su tutela a 447 niños en Córdoba
DAVINIA DELGADO / CÓRDOBA
Día 29/08/2011
Dormía con su hija de tres años en un solar cercano a San Lorenzo plagado de basura y jaramagos secos. La pequeña estaba cubierta de mugre y picaduras. El caso, que salió a la luz la pasada semana, fue denunciado por varios vecinos. La niña fue inmediatamente llevada a un centro de la Junta y la madre pasó a disposición judicial, acusada de un delito de abandono.
La intervención de la Administración autonómica para proteger a menores en situación de riesgo es más que usual. Según los datos facilitados por la Delegación de Igualdad y Bienestar Social, en los seis primeros meses del año se ha decretado el desamparo de 68 niños y niñas —una media de diez al mes— . Además, en este mismo periodo, se han trabajado ya con 313 familias y 711 infantes.
Los datos anuales son más impactantes y, pese a registrar un leve incremento con respecto a 2009, las cifras siguen siendo prácticamente las mismas. En 2010 se atendió a 1.142 menores, se dictó el desamparo de 115 y se prestó asistencia a 507 familias en la provincia.
En este sentido, la Junta trabaja de forma coordinada con los ayuntamientos y la Diputación a través de los 15 Equipos de Tratamiento Familiar (ETF), con 45 profesionales.
Entre sus funciones destaca la de mitigar los factores de riesgo con el objetivo de evitar la separación del menor de su familia, mediante una capacitación que permita proporcionar una correcta atención a los hijos e hijas, evitando una conducta negligente o de maltrato.
Además, estos equipos se ocupan de lograr que la familia funcione de manera autónoma y adecuada, de forma que los menores tengan la atención y los cuidados acordes con sus necesidades, así como de proporcionarles habilidades y recursos técnicos para que puedan superar una posible situación de crisis tras una separación de la pareja.
Actualmente, la Junta tiene tutelados a 447 menores, muchos de los cuales (153 a 31 de diciembre de 2010) se encuentran en régimen de acogimiento residencial, esto es, en centros de la Administración.
La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social cuenta en la provincia de Córdoba con tres casas propias y otras 15 conveniadas. En total existen 179 plazas. En el mantenimiento de los centros concertados se invirtieron el pasado año 3,37 millones de euros.
Se trata de núcleos de convivencia ubicados en viviendas normalizadas que siguen los patrones de los hogares familiares más comunes o residencias, que agrupan varios núcleos de convivencia similares a las casas y en los que las personas acogidas comparten habitualmente espacios comunes.
En la actualidad, se dan tres perfiles fundamentales en los recursos de acogimiento residencial: adolescentes y jóvenes de ambos sexos, menores procedentes de la inmigración y menores con una problemática que requiere una atención especial.
Las razones por las que la Junta de Andalucía puede declarar en desamparo a un menor y abrir un expediente de protección pasan por el abandono voluntario del menor por parte de su familia, la ausencia de escolarización habitual del menor; la existencia de malos tratos físicos o psíquicos o de abusos sexuales por parte de las personas de la unidad familiar o de terceros con consentimiento de éstas.

Niños mendicantes

Asimismo, se contempla esta medida en los casos de inducción a la mendicidad, delincuencia o prostitución, o cualquier otra explotación económica del menor de análoga naturaleza, la drogadicción o el alcoholismo habitual del menor con el consentimiento o la tolerancia de los padres o guardadores; también se actúa si se detecta un trastorno mental grave de los padres o guardadores que impida el normal ejercicio de la patria potestad o la guarda.
Por último, se incluyen casos como la drogadicción habitual en las personas que integran la unidad familiar y, en especial, de los padres, tutores o guardadores del menor; la convivencia en un entorno socio-familiar que deteriore gravemente la integridad moral del menor o la falta de las personas a las cuales corresponde ejercer las funciones de guarda o cuando estas personas estén imposibilitadas para ejercerlas.

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