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viernes, 5 de agosto de 2011

Imponen diez meses de prisión a una mujer por maltratar a su hijo

El juzgado de Familia le retiró la custodia y la Audiencia prohíbe que se comunique con el menor durante año
05.08.11

SENTENCIA

Antecedentes. La juez de Familia otorgó la custodia a la madre tras la separación en 2008. Sin embargo, el niño no aceptó la salida del padre del domicilio, ni que la acusada iniciase una nueva relación sentimental.
Hechos. El fallo da probado que hubo dos episodios con lesiones y maltrato psicológico.
Condena. Se le impone diez meses y la prohibición de comunicarse con su hijo en 17 meses
La Audiencia Provincial de Valladolid ha impuesto diez meses de prisión a una madre, de nacionalidad colombiana, como autora de dos delitos de malos tratos cometidos contra su hijo menor que actualmente tiene 15 años. El tribunal considera probados dos episodios de violencia familiar cometidos en octubre de 2008 en la vivienda en la que el adolescente vivía con su madre separada.
El niño sufrió excoriación en forma de media luna en la mejilla derecha, en la nariz, erosión lineal en el cuello y equimosis en la cara anterior del muslo derecho, lesiones por las que tardó en curar cinco días, por lo que estuvo impedido.
La sentencia de la Audiencia Provincial rechaza los argumentos de la madre de que las lesiones que presentaba su hijo eran consecuencia de una conducta reiterada del menor de querer irse a vivir con su padre, natural de Valladolid. El Juzgado de lo Penal número 4 impuso a la madre los diez meses de prisión por los dos delitos de mal trato, además de seis días de localización por una falta de injurias.
El fallo da como probado que la mujer, de 28 años, contrajo matrimonio con un español fruto del cual nació el menor, en 1995. En el 2008, un juzgado de Familia de la capital dictó sentencia de separación y atribuía la guarda y custodia del pequeño a la madre, conviviendo ambos en el piso familiar de Valladolid. El menor, desde la separación de los padres, mantenía con su madre un relación conflictiva ya que no aceptaba que su padre se hubiera ido y la acusada iniciase una nueva relación con otra pareja.
El 24 de octubre de 2008, el adolescente, tras regresar del instituto, se encerró en el baño para llamar a su padre. La madre abrió la puerta, le tiró el teléfono e insultó al progenitor y al niño, al que procedió a darle un bofetón en la cara. Tres días después, los dos volvieron a discutir y la acusada le empujó sobre la cama, y mientras trataba de quitarle el teléfono le tiró del pelo y le pellizco en las piernas.
La sentencia recuerda el informe pericial psicológico, en el que se atribuye total credibilidad a la versión del hijo, quien describió no solo las lesiones sino el abuso psíquico que sufrió. Aunque una testigo señaló que la relación de la madre con el menor era conflictiva, ya que se mostraba rebelde, el tribunal rechaza que las lesiones fueran fortuitas. El juzgado ha retirado la custodia a la madre y se la otorga al padre.

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