- La custodia compartida no es excepcional (declaraciones en la Primera de RTVE, 17-9-2013)
http://imagenes.publico.es/resources/archivos/2013/9/16/1379357927361cgjcustodia.pdf
I.ANTECEDENTES
Con fecha de 31 de julio del 2013 ha tenido entrada en el Registro del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el texto del Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de corresponsabilidad parental en el caso de nulidad, separación y divorcio El Anteproyecto fue remitido por la Secretaría de Estado de Justicia del Ministerio de Justicia, a efectos de la emisión del preceptivo informe, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 LOPJ.
La Comisión de Estudios e Informes en virtud de la aplicación de su protocolo interno acordó designar Ponente a la Excma. Sra. Vocal Dª Margarita Robles Fernández y, en su reunión de 16 de septiembre del 2013, aprobó el presente Informe, acordando su remisión al Pleno del
Consejo General del Poder Judicial.
II.CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA FUNCIÓN CONSULTIVA DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
La función consultiva del Consejo General del Poder Judicial (en adelante CGPJ) a que se refiere el artículo 108.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en adelante LOPJ) tiene por objeto los anteproyectos de leyes y disposiciones generales del Estado y de las Comunidades
Autónomas que afecten total o parcialmente, entre otras materias expresadas en el citado precepto legal, a las normas procesales a que se refiere el apartado e) del citado artículo
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