Daniel Tomás López, magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Vigo, y su opinión, entra dentro lo que con todos los respetos hacia su persona, podríamos calificar sin ponernos rojos, como dentro del absurdo.
Un menor de edad con 16 ó 17 años, en primer lugar se encuentra ya capacitado para trabajar, pero además la ley le considera capacitado para ejercitar el derecho a la emancipación. Estamos hablando de menores sin un problema de incapacidad psíquica, estamos hablando de esos miles de menores cuyos padres se han divorciado, y al llegar al juzgado han sido víctimas de la imposición de la custodia materna por parte de sus Señorías. Niños que son maltratados por un sistema judicial que mantiene aún hoy día la desvergüenza y un comportamiento cínico hasta el extremo, cuando se atreven a plasmar por escrito en sus mandatos judiciales "régimen de visitas", para calificar el espacio y periodo de tiempos que los hijos van a pasar con el progenitor no custodio, que es el progenitor paterno en un 90% de casos.
Sin duda, cuando el magistrado Daniel Tomás López se refiere a que tratar de impedir a un menor de 16 ó 17 años convivir con el progenitor que desea "sería de difícil e incluso de "imposible" ejecución", está pensando en la práctica más que habitual de los jueces españoles, cuando niños de edades comprendidas mucho más bajas que las que él ha citado en esta noticia se niegan a marchar junto a su madre, y no porque no deseen ver a ésta, sino porque su deseo es el de convivir con su padre. Este deseo para los menores se convierte en una desgracia, ya que parece un objetivo de los juzgados el impedir que los niños sean criados, educados y amparados por el padre, y en su defecto por la familia paterna.
Su madre asesinó a su padre. Ahora un juez otorga la custodia del niño a sus abuelos maternos.
(Julio, el niño de Sueros de Cepeda)
En estos casos los menores son sometidos por parte de jueces y fiscales a un verdadero maltrato infantil -ya que éstos utilizan para coadyugar la voluntad de los menores a la de la madre- amenazas, chantajes, coacciones, e incluso es habitual que ordenen a las autoridades policiales (Policía y Guardia Civil) el uso de la fuerza física, el empleo de la violencia, para hacer regresar a niños de 10 ó 11 años, e incluso de bastante menor edad, junto a la progenitora materna.
Obligan a adolescentes con 16 años a vivir con la madre cuando sus deseos es ser criados por su padre
El artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, prevé que se escuchará la opinión de los menores siempre que los éstos sean mayores de 12 años, pero en la práctica judicial ésto se traduce en que los jueces y magistrados se ven forzados a dicho condición, pero en sus decisiones se mantiene el machismo que impera aún en las salas de vista donde se ejecutan los procesos de separación o divorcio. Y es que cuando los menores expresan su voluntad de quedarse bajo la guarda y custodia de la madre, los jueces consideran que estos niños disponen de un grado de madurez necesario y su petición ha de ser atendida, pero sin embargo, encontramos a menores con mucha mayor edad y entrada ya ésta en la adolescencia, que ven como las puñetas de los jueces imponen la convivencia con la madre, y bajo la aquiescencia (pues no olvidemos que durante 7 años el Código Civil otorgó al Ministerio Fiscal la potestad de impedir la custodia compartida) de los fiscales, de forma que los menores son al mismo tiempo que declarados hijos huérfanos de padre vivo, obligados a convivir a diario y respetar la normas y caprichos de los nuevos novios de mamá.
"La exploración no se hace en una sala de vistas; es una entrevista reservada en la que únicamente estamos presentes el juez y el fiscal"Respecto a la declaración del magistrado en la fuente de la entrada, hay que decir que se olvida de mencionar que estas exploraciones se llevan a cabo sin un rigor que de obligado cumplimiento habría de ser contemplado, pues el contenido de la exploración no sólo se produce a puerta cerrada, sino que ni siquiera es grabado con la finalidad de proteger a los menores de jueces, fiscales indeseables (se olvida el juez que también intervienen Secretarias Judiciales, y un administrativo del juzgado, que normalmente suele recoger la parte de la exploración que conviene salga a la luz), que en un momento dado, han perdido la cordura y la sensatez, como bien ellos mismos han condenado en más de una ocasión al personal de las autoridades policiales (El Gobierno indulta de nuevo a cuatro mossos condenados por torturas).
En resumen, todo un equipo judicial, en donde no solo los jueces son responsables de los muchos adultos que después ellos mismos condenan por "ninis", o los tachan de vagos, entre estos responsables, también aparte de los fiscales, se encuentran los equipos psicosociales, conformados por profesionales de la psicología y trabajadores sociales, que de igual forma colaboran de forma directa a la orfandad paterna de los hijos de padres separados, cuyo único delito fue que sus padres un día decidieron no seguir viviendo juntos y acudir a los juzgados españoles e instar el proceso de separación o divorcio legal.
Fuente:
Daniel Tomás: "Intento evitar que un menor declare en un juzgado, pero a veces es necesario"
http://www.farodevigo.es/gran-vigo/2017/02/16/evitar-menor-declare-juzgado-veces/1624449.html
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