No nos asombremos, esto sucede en España, aquí los jueces utilizan a los agentes de Policías y Guardias Civiles, para que a través de la violencia y la fuerza física obliguen a los menores a marcharse con su madre, lo que es lo mismo y dicho de otra manera: "para no permitir que los niños permanezcan junto a su padre y la madre pierda la guarda y custodia de los hijos, y derivado de ellos la pensión de alimentos y el uso de la vivienda familiar.
Fue un juzgado de Primera Instancia e Instrucción del área de Vigo, quien obligó a una adolescente de 16 años a vivir bajo la guarda y custodia de la madre, menos mal que en este caso, los magistrados de la la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, han revocado el -sin nunca mejor llamado- "Fallo" de la sentencia dictada por el juzgador -o juzgadora- del juzgado de Vigo, y van a permitir a la chica ser criada, educada y amparada bajo la guarda y custodia de su padre (a partir de ahora con la edad de 16 años)
- "No puede pedirse al Derecho que resuelva el problema de los afectos".
- "capacidad natural e intelectual suficiente para tomar decisiones libres" y por el "rechazo o aversión" que muestra a la "convivencia diaria" con su madre. Aunque lo ideal es "preservar" el vínculo afectivo y la relación de un hijo con ambos progenitores, señalan, en este caso estiman que "la imposición coactiva de contactos no deseados" sería "contraproducente" y, además, podría afectar a la "estabilidad emocional" y la "salud psíquica" de la menor. Lo único que resta, concluyen, es "respetar su voluntad".
El Supremo mantiene la custodia a una madre que se llevo a su hijo a EEUU
La ley permite a los menores de ya 12 años, poder expresar su voluntad y ser oídos por los jueces, eso sí, en una exploración a puerta cerrada, en donde se encuentra además de su Señoría, el Ministerio Fiscal, la Secretaria Judicial y un administrativo del juzgado que recoge parte de lo que sucede en dicha exploración, ya que cuando en estas exploraciones los menores son objeto de amenazas, chantajes y coacciones por parte del/la, representante del Ministerio Fiscal, de que o el menor adopta la decisión "voluntaria" de marcharse y montarse en una avión con su madre a otro país lejos alejado a miles de kilómetros de España -ya que el menor fue objeto y víctima del consentido delito a las madres de la sustracción parental-, o de lo contrario encerrarán a su padre en prisión, ésto no es recogido por parte de estos administrativos, y ni siquiera su Señoría, considera que el poder de sus puñetas, ha de ser utilizado para impedir el/la Fiscal, ejerza este maltrato bestial sobre un menor a puerta cerrada.La BBC publica la discriminación que los medios de prensa españoles ocultan contra hombres y niños en los divorcios
La abogada consultada por el medio, como fuente especializada en Derecho y jurista en cuestión, es la letrada Isabel Olcina, quien cita el artículo 770.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que recoge el derecho a ser oídos para con los menores, mencionada en el párrafo anterior:Pero la misma noticia cita como en otros casos, aún bajo la edad de 16 años, nuestros jueces no han permitido que adolescentes de esta edad puedan escoger.
- "Si el procedimiento [de separación o divorcio] fuere contencioso y se estime necesario de oficio o a petición del fiscal, partes o miembros del equipo técnico judicial o del propio menor, se oirá a los hijos menores o incapacitados si tuviesen suficiente juicio y, en todo caso, a los mayores de doce años"
- "El criterio legal es que el menor debe ser oído, pero lo que éste exponga no es vinculante"
- "Si el juez ve que con el cambio de custodia que plantea el hijo se puede ver alterada su vida no suele modificar ese régimen, salvo que haya una problemática grave de fondo que lo aconseje"
- "No es lo mismo un niño de 13 años que uno de 16 o 17, que ya tiene un grado de madurez mayor", refiere. También hay que valorar que lo expuesto por el niño responda a una "voluntad autónoma" y no sea fruto de "caprichos" o "influencias" externas.
También hubo fallos con el criterio contrario. Como una chica de 16 años que, según fuentes próximas al caso, expresó "claramente" que quería irse con su padre. Valorado en su conjunto el caso, el tribunal concluyó que debía permanecer con la madre.
Fuente:
"Señor juez, quiero vivir con mi padre"
http://www.farodevigo.es/gran-vigo/2017/02/16/senor-juez-quiero-vivir-padre/1624452.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario