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domingo, 31 de octubre de 2010

Audiencia obliga a progenitores a facilitar la comunicación de menores con la madre

Murcia, 18 oct (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia ha obligado a los progenitores de dos menores de edad a facilitar la comunicación con su madre, que no tiene asignada la guarda y custodia, ya que ésta denunció que su ex marido no les pasaba el teléfono cuando ella los llamaba.
En una resolución, indica que en el procedimiento de divorcio del matrimonio se atribuyó al padre la guarda y custodia y se acordó que "los menores se comunicaran telefónicamente de forma libre con ambos progenitores durante sus estancias con el otro".
A instancias de la madre, el juez acordó requerir al padre para que facilitara esa comunicación entre los hijos y su madre al menos todos los días que no estén con ella entre las 20 y las 20:30 horas.
Esta última medida fue recurrida ante la Audiencia Provincial por el padre, quien alegó que él no había impedido que la madre conectara con los niños y que eran éstos los que no le cogían el teléfono a ella.
Por su parte, la madre indicó que eran numerosas las llamadas que había efectuado que no habían sido atendidas, de lo que hacía responsable a su ex esposo.
Al resolver el recurso, la Audiencia "echa en falta la instauración de un procedimiento ágil y específico para la ejecución de medidas en derecho de familia o para la adaptación de las medidas vigentes en temas de escasa entidad, sin necesidad de acudir a un procedimiento de modificación de medidas".
"Nuestro ordenamiento jurídico -añade- ofrece un sistema rígido, lento, insuficiente y notoriamente inadecuado para dar respuesta a gran parte de los problemas que surgen en el ámbito de la ejecución de resoluciones dictadas en el ámbito de los procesos de familia, lo que obliga a los tribunales a buscar soluciones imaginativas, con el grave riesgo de la quiebra de la seguridad jurídica".
Sobre el caso concreto ahora resuelto, dice el tribunal que "son hechos que ocurren en la intimidad y de imposible acreditación en los fríos, estrechos y formales trámites de un procedimiento de ejecución de sentencia".
"No puede conocerse realmente si los hijos menores no quieren contactar con la madre por motivos fundados, si están influidos por el padre o si es la actitud pasiva y negligente de éste la que favorece esa situación, que, en definitiva, es perjudicial para los propios menores", afirma la resolución judicial.
Al estimar parcialmente el recurso presentado por el padre, la Audiencia acuerda "precisar la obligación de ambos progenitores de facilitar las comunicaciones entre los hijos y la madre, aceptar la concreción horaria diaria fijada por el juez" y dejar sin efecto la imposición de que pagara las costas del primer juicio.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=556289

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