- Jornada a favor de la custodia compartida en Illescas, martes 28 de Junio a las 18 horas
Verónica Guerrero es la letrada autora del texto fuente.
Trate el tema de los regímenes que pueden acordarse tras un divorcio o separación con menores de por medio. El Tribunal Supremo ha establecido una jurisprudencia en donde considera que la custodia compartida es el régimen que mejor protege y salvaguarda el interés del menor. Sin embargo primeras y segundas instancias son reacios en aplicar la norma, provocado menores desprovistas de su figura paterna tras la separación.
El sistema compartida no es la soluciòn para todos los malos de los hijos tras el divorcio, pero sí es la menos mala, aquella que más riesgos evita, entre ellos el que uno de los progenitores (normalmente el padre) quede no solo relegado en la vida de los hijos, sino que con el paso del tiempo la relación paterno-filial de los menores con él se encuentre anulada.
Las condiciones en las cuales puede desarrollarse una custodia compartida son muy variadas, pero si partimos de la base que sobre la mujer se disponen una serie de ventajas si los menores se quedan bajo su guarda y custodia exclusiva, no es difícil prever que la madre tenga motivos para provocar y generar situaciones de conflicto con el padre.
- La custodia compartida previene las interferencia parentales
- La Custodia compartida evitaría cada año 20.000 menores víctimas de la manipulación parental
Fuente:
¿Es importante el respeto mutuo en la atribución de la custodia compartida?
http://confilegal.com/20160626-importante-respeto-mutuo-la-atribucion-la-custodia-compartida/
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