La pensión compensatoria no es la pensión de alimentos. La primera se pasa a la mujer (pues raramente se impone el cargo de la mujer al hombre), la segunda también es recibida y gestionada por la madre, pero bajo el concepto del sustento por parte del padre a los hijos.
- La pensión compensatoria a su ex mujer será objeto de reducción de la base imponible.
- con guardia y custodia compartida, ambos progenitores tienen derecho a optar a la tributación conjunta o compartida, pero sólo podrá hacerlo uno de ellos en cada ejercicio tributario.
- el excónyuge que tiene la custodia puede optar por la tributación conjunta con sus hijos, mientras que el otro hará la declaración de forma individual
- Beca de un hijo de 25 años en la declaración de la renta
- Los gastos de desplazamiento no se pueden deducir en Hacienda
Fuente:
http://www.finanzas.com/noticias/economia/20160623/puedo-desgravar-estoy-divorciado-3426383.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario