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viernes, 4 de diciembre de 2009

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo falla a favor de un padre alemán que luchaba por la custodia de su hija.


Un padre alemán de 45 años lleva 8 años luchando por la custodia de su hija de 14 años.

El padre se siente discriminado (y esto con la actual ley alemana, infinitamente mejor que la española) por el trato preferencial que se suele conceder a las madres en cuanto a la custodia de los hijos menores en las separaciones/ divorcios.
En el caso de este padre, NO EXISTIÓ MATRIMONIO, por lo que estamos hablando- en todo momento - de un padre 'soltero'. Después de recorrer varias instancias judiciales alemanas, el padre acudió al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. En una sentencia sin precedentes (los medios alemanes hablan de "sentencia que orientará el camino en el futuro"),
el tribunal de Estrasburgo fallo (AYER) a favor del padre.
Este fallo OBLIGA A MODIFICAR LA LEY ALEMANA en cuando a la custodia. El periódico SÜDDEUTSCHE ZEITUNG comenta en un editorial, que "las preocupaciones de los padres separados deben ser más respectados y tenidos en cuenta".
La ministra de justicia alemana declaró que - debido a este fallo europeo - ella presentará en breve una propuesta de modificación de la ley para fortalecer los derechos de los padres separados. Se espera que esta modificación sea aprobado en la actual legislatura.
La ministra, asimismo, declaró que "se ha abierto del debate sobre la custodia, cuya modificación legislativa habrá que llevar concienzudamente y con mucha énfasis y presión".
En conversaciones con medios de comunicación la ministra manifestó su escepticismo en cuanto a una generalización de la custodia para los padres, sobre todo si los progenitores ya estaban separados antes del nacimiento de los menores afectados. Manifestó asimismo que los padres deberían poder acceder a la custodia monoparental para ellos sin el expreso consentimiento
de las madres, ya que existen no pocos padres que desean asumir la custodia de hijos nacidos fuera del matrimonio, hecho que en ningún momento hay que interpretar como postura en contra de las madres.
El portavoz de la CDU (Unión Cristiano-Demócrata) del parlamento comentó:
"el bienestar de los niños tiene prioridad. Nosotros somos partidarios que un padre pueda solicitar en los tribunales la custodia monoparental si desea tener contacto con su hijo y desea cuidar de el."
El responsable para asuntos de política interior y de justicia del SPD (partido socialdemócrata) se felicita por el fallo de Estrasburgo. Dice que "garantiza mejor justicia", y "los conflictos entre los progenitores no se puede dirimir a costa de los hijos ni puede perjudicar una relación excelente entre los hijos y sus progenitores" .
Según la actual legislación alemana, la custodia compartida en caso de padres solteros (sin que exista matrimonio) solo es posible con el consentimiento de la madre. Al contrario con hijos de matrimonios para los que aplica la custodia compartida por ley.
Uno de los argumentos del fallo de Estrasburgo es, que el padre (soltero) ha sufrido un trato discriminatorio en relación a los padres casados, los cual contraviene la prohibición de discriminació n de la Convención Europea de Derechos Humanos.
El denunciante manifestó: " Es para mi una gran satisfacción que el sufrimiento y la impotencia que he experimentado y sentido durante tantos años pertenecen al pasado". También manifestó que se "alegra para todos los padres que se encuentran en su misma situación, ya que - por fin - se ha reabierto el debate sobre la custodia". La asociación "Iniciativa de Padres" calcula que unos 1,5 millones de padres de 1,6 millones de hijos se verán afectados por este fallo.
Los foros alemanes ARDEN con esta noticia. Hay un foro del SPIEGEL (una de las revistas mas prestigiosas de Alemania) en el que hay 650 comentarios a esta noticia ... NINGUNA tiene desperdicio (evidentemente tanto de hombres como de mujeres, pero TODOS (los comentarios son impresionantes) .
Por cierto, los medios alemanes (los que he visto) mencionan - siempre a raiz de esta noticia del fallo del Tribunal de Derechos Humanos - que "en casi toda Europa esta legislada la custodia compartida en caso de separaciones litigiosas con hijos menores", y alude como ejemplo a Alemania, Austria, Suiza, Lichtenstein .... sin mencionar la situación en España.





Tribunal Europeo de los Derechos Humanos
(Cour européenne des droits de l'homme) 
Conseil de l'Europe
67075 Strasbourg - Cedex
France

Tel.: + 33 (0)3 88 41 20 18
Fax: + 33 (0)3 88 41 27 30
www.echr.coe.int
 
Fallo en el asunto: "Horst Zaunegger"
 
 
(traducido)
LA IMPOSIBILIDAD DE CONCESIÓN DEL TRIBUNAL POR LA CUSTODIA DE UN NIÑO
NACIDO FUERA DE MATRIMONIO ES DISCRIMINACIÓN CONTRA EL PADRE

Violación del artículo 14 (prohibición de discriminación)
en relación con el derecho del artículo 8 (respeto de la vida de la familia)
de la Convención Europea de Derechos Humanos

Datos clave

El denunciante, Zaunegger Horst es un ciudadano alemán nacido en 1964 y vive en Pulheim (Alemania). Él es el padre de una hija nacida fuera del matrimonio, en 1995, que había crecido con ambos padres hasta su separación en agosto de 1998. Desde esa fecha hasta enero de 2001, su hija había vivido con él. 
Después que el niño había ido a vivir con su madre, los padres concluye con la asistencia de la oficina de protección de la juventud, un acuerdo que permita a la persona a visitar regularmente a su hija.

De la legislación pertinente, a saber, la sección 1626A § 2 del Código Civil alemán, que se atribuye a la madre de la custodia de los hijos de la misma. La madre no está dispuesto a aceptar una declaración de la custodia compartida, el autor recurrió ante el juez para decidir la medida. El tribunal de distrito falló en contra de Colonia, sobre la base de que la legislación alemana, la custodia conjunta de los padres de un niño nacido fuera del matrimonio se puede lograr a través de una declaración conjunta, por matrimonio o por orden judicial, el consentimiento el otro padre es necesario en este caso. 
Su sentencia fue confirmada en octubre de 2003 por el tribunal de apelaciones en Colonia.

Uno y uno de estos tribunales se había basado en un histórico fallo del Tribunal Constitucional, publicado en enero 29, 2003, que se encuentra constitucional la disposición pertinente del Código Civil en el caso de los padres de niños nacidos fuera 
el matrimonio, que se había separado después del 1 de julio de 1998, fecha de entrada en vigor de la nueva legislación en materia de familia.

En una decisión con fecha de diciembre 15 de 2003, el Tribunal Constitucional Federal se negó a considerar el recurso que el demandante había entrado.

Las objeciones de procedimiento y la composición de la Corte basándose en el artículo 14 en relación con el artículo 8, el demandante alegó en particular que, a los fines de la sección 1626A § 2 del Código Civil alemán, la discriminación injustificada por razón de sexo, se estableció en 
contra los padres de los niños nacidos fuera del matrimonio respecto a los padres divorciados.
La solicitud fue presentada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, junio 15, 2004.

El fallo fue dado por una Sala de siete jueces, compuesto por :
Peer Lorenzen (Danemark), président, Karel Jungwiert (République tchèque), Rait Maruste (Estonie), Mark Villiger (Liechtenstein),  Isabelle Berro-Lefèvre (Monaco), Mirjana Lazarova Trajkovska (« l’ex-République yougoslave de Macédoine »), juges, Bertram Schmitt (Allemagne), juge ad hocainsi que de Stephen Phillips, greffier adjoint de section.
 
Decisión de la Corte

El Tribunal considera que, al desestimar la solicitud del demandante para la custodia compartida sin tener en cuenta si la medida había estado en el interés superior del niño - que era la única decisión permitidos por las normas del Derecho nacional - el n los tribunales alemanes no han tratado el Sr. Zaunegger la misma manera que la madre de su hija o de padres divorciados.
 
Para determinar si este tratamiento es discriminatoria con arreglo al artículo 14, el Tribunal señala en primer lugar que las disposiciones que se basan en las decisiones de los tribunales nacionales tenían que proteger el bienestar de los niños nacidos fuera del matrimonio señalando a su representante legal y evitar conflictos entre los padres sobre la custodia. Estas decisiones persiguen un objetivo legítimo.
El Tribunal sostuvo entonces que razonablemente puede oponerse a que el padre de un niño nacido fuera del matrimonio está implicado en el ejercicio de la patria potestad, por ejemplo, si la falta de comunicación entre los padres y puede dañar bienestar de los niños. 
Estas consideraciones, sin embargo, no tienen ninguna relevancia en este caso, el autor siguió para cuidar a su hija con regularidad.

El Tribunal no comparte el análisis del Tribunal Constitucional Federal que la custodia compartida en contra de los deseos de la madre inmediatamente debe considerarse contraria a los intereses del niño. El procedimiento para la asignación de derechos de los padres en la corte es ciertamente capaz de perturbar al niño, pero la ley prevé para aprovechar el juez competente en el caso de padres separados estar casado, divorciado o han optado por compartir la patria potestad. 
El Tribunal no encontró ninguna razón para no justifica el juez tendría menos poder en este caso.

Así que no hubo relación razonable de proporcionalidad entre la regla general de prohibición de los jueces a reconsiderar la adjudicación inicial de custodia a la madre y la intención de esta norma, a saber, la protección de los interés superior del niño nacido fuera del matrimonio. 
El Tribunal consideró, por seis votos contra uno, en violación del artículo 14 en relación con el artículo 8.

J. Schmitt (el alemán), expresó su desacuerdo adjunta a la decisión.

El Tribunal observó lo contrario, por unanimidad, que la constatación de una violación constituye una satisfacción equitativa suficiente por cualquier daño moral supuestamente sufrido por la demandante.

***
El fallo se encuentra en Inglés. Reescrito por la Secretaría, este resumen no es vinculante para la Corte. Las sentencias del Tribunal de Justicia puede ser consultado en el sitio web de él (http://www.echr.coe.int).
 

 
Convenio Europeo sobre la Protección de los Derechos Humanos:
http://www.echr.coe.int/NR/rdonlyres/1101E77A-C8E1-493F-809D-800CBD20E595/0/SpanishEspagnol.pdf 
 
 
 
Noticia en EURONEWS:
La Corte Europea de Derechos Humanos ha fallado que las leyes germanas de custodia les discriminan y deberán cambiarse. En la actualidad, los progenitores no casados necesitan del consentimiento de la madre para obtener la custodia de un hijo, ya sea total o compartida.

El Tribunal ha dado así la razón a Horst Zaunneger, a quién se le denegó en 2003 la custodia de su hija de 14 años.
 
“Para mi es una clara violación de los derechos humanos – decía -. He sido discriminado porque soy un padre soltero. Soy considerado un padre de segunda clase y no hay razón para ello, porque soy un padre responsable. Así lo he demostrado, pero no he tenido ninguna posibilidad de tener la custodia compartida”.

A partir de ahora el Gobierno alemán dispone de tres meses para presentar una apelación. Si no lo hace, deberá cambiar su legislación y adaptarla a las normas europeas.

Sin embargo, puede que no haya que esperar tanto. Una vez conocido el fallo, la Ministra de Justicia germana, Sabine Leutheusser-Schnarrenberger, se ha mostrado partidaria de reformar las leyes referentes a los padres solteros.

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