Miércoles, 16 de Marzo de 2011
La Asociación de Mujeres Juristas Themis considera que la custodia compartida impuesta "debe ser excepcional", puesto que requiere un nivel de comunicación entre los padres del menor que "con mucha frecuencia" no existe tras las rupturas de la pareja.
Themis subraya así en un comunicado su posición acerca de la custodia compartida en los casos en los que uno de los progenitores separados no la solicita, y considera que "en numerosas ocasiones" este régimen "oculta reivindicaciones sobre las pensiones y el domicilio familiar".
A juicio de esta asociación, no es un sistema en el que se elimine la obligación de los progenitores de contribuir a los gastos y necesidades de los hijos comunes de forma proporcional a sus medios económicos, y, por tanto, debe establecerse "en todo caso" una pensión de alimentos a su favor.
Por ello, indica que deberá ser tenida en cuenta la capacidad económica de los progenitores para determinar la cuantía en la que cada uno de ellos debe contribuir al sostenimiento de los gastos de los hijos.
En el caso de que se acuerde la custodia compartida, el uso de la vivienda, apostilla la asociación, deberá atribuirse a aquel de los cónyuges más necesitados de protección, de acuerdo con el artículo 103 del Código Civil.
La asociación subraya que asumirá la interposición de recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, si fuera requerida para ello, por alguna mujer que hubiera recibido sentencia en Aragón, en aplicación de la Ley de custodia compartida aprobada el pasado año, y en ella se hubiera forzado la venta o el uso temporal de la vivienda familiar, existiendo hijos menores.
Así, Themis insta a las comunidades autónomas con competencia para legislar en materia de familia y al Estado a que respeten los derechos fundamentales de los menores y su obligación de protegerlos.
En el caso de que se apruebe una ley valenciana de custodia compartida, si lo es en los términos que constan en el anteproyecto, Themis planteará una queja de inconstitucionalidad ante el Defensor del Pueblo.
Por otra parte, manifiesta que el Síndrome de Alienación Parental (SAP) no debe ser admitido en los casos de discusión de la custodia compartida, tal y como aconseja el Consejo General del Poder Judicial.
Propone también que la contribución al cuidado de los hijos e hijas quede equiparada a la atribución del uso del domicilio familiar, con el fin de que "ambas circunstancias tengan un efecto neutro sobre la cuantía de las pensiones".
http://www.adn.es/lavida/20110310/NWS-0775-Themis-excepcional-compartida-custodia-impuesta.html
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