Viernes, 5 de Agosto, 2011
Es impensable entender en los tiempos que corren de igualdad entre el hombre y la mujer, que no se pueda mantener una relación equitativa con los hijos cuando los padres ya no conviven juntos. De hecho, ¿quién mejor va a cuidar a mi niña, unos abuelos maternos o un padre que dispone tiempo para hacerse cargo de ella?.
Tras la aprobación de la Ley 5/2011, de la Comunitat Valenciana, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, el juzgado de 1ª instancia número 6, me otorgó, en aplicación de la citada ley, la custodia compartida de mi niña en un régimen progresivo, siendo mi sentencia la primera en aplicarse en la Comunidad Valenciana. Ante esta sentencia cabía recurso, ¿y cuál ha sido mi sorpresa?, pues muy sencilla, mi exmujer no quiere acatar la orden judicial interpuesta por dicho juzgado, ya que, piensa que nuestra hija de 11 meses es de su propiedad y ha recurrido la sentencia. Es por ello, que yo como padre siento la impotencia de no poder realizar todo lo que uno le gustaría hacer con su hija. A día de hoy solo convivo con mi niña ocho horas a la semana, y todo esto se produce a partir de su segundo mes de vida. Seamos sensatos,es irrisorio que ante una sentencia que va a ser progresiva en beneficio de mi niña, para estar más tiempo conmigo, se recurra porque no sea lo adecuado para ella. Los hijos no son de la madre, tampoco son del padre, simplemente no pertenecen a nadie, han de convivir con los dos en las mejores condiciones saludables para estos, y de esta manera, educarlos, alimentarlos, asearlos, darles sus cuidados, jugar con ellos,... , con ambos progenitores, ¿tan difícil es de entender este requerimiento que solicito?. Pues parace que para la madre sí que lo es, y en eso no puede incurrir la personalidad de mi niña, porque nos necesita a ambos por igual para su desarrollo personal y afectivo.
En un estado de bienestar donde la política no debería utilizarse contra las personas, y menos aún tratándose de menores, debería de acarrear una mejor doctrina entre la sociedad, para poder así beneficiarse todos por igual de las mismas condiciones. ¿Qué más da que una persona viva en Aragón y otra en la Comunidad Valenciana?, ¿acaso no somos todos iguales ante la ley?. Parece ser que la respuesta a esta segunda pregunta es negativa, debido a que no es de ámbito autonómico la competencia en familia en la Comunidad Valenciana y en otras comunidades ocurre lo contrario. ¿Por qué se ha de atacar a una sentencia creada por y para en beneficio del menor?. El pasado 1 de julio, el Gobierno Central comunicó que iba a recurrir ante el Tribunal Constitucional la Ley 5/2011 por no tener competencia la Comunidad en este ámbito. En otras comunidades autonómicas ya se aplican leyes similares a la nuestra y no se generaron recursos por parte de dicho gobierno, ya que, quizá a veces prima más lo político que lo ideológico. De necesidad sería que en este aspecto tan delicado, como es la guardia y custodia de los hijos, hubiera una reforma consensuada del código civil en este ámbito, para poder así satisfacer las necesidades de esa personas tan vulnerables como son los hijos, así como la equidad con ambos progenitores.
Como padre de mi niña, y como colectivo de todos esos padres que se encuentran en situaciones que no pueden disponer de tiempo suficiente con sus hijos, ha de entender la sociedad actual, que la custodia compartida es un hecho en toda Europa, y aquí la estamos implantado a ritmos muy pausados, encontrando obstáculos de cualquier índole. Solicito una reflexión a políticos y jueces sobre la aplicación de la Custodia Compartida, para poder llevar a cabo todos los momentos tan maravillosos que me quedan por vivir.
VICENTE MATEU TORRES
http://www.firmasonline.com/peticion/custodia-compartida-en-toda-espana/505
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