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martes, 8 de mayo de 2012

Condenado a tres años de cárcel por raptar durante ocho años a su hijo

Debe pagar 600.000 euros por responsabilidad civil
Martes, 8 de Mayo, 2012
Enlace:
- Tres años de cárcel al padre que raptó a su hijo durante ocho años
El varón acusado de raptar a su hijo de once meses de edad durante un total de ocho años y llevárselo al extranjero, José Antonio M.S., ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Jaén a tres años de prisión así como a pagar a la madre un total de 600.000 euros en concepto de responsabilidad civil, según ha informado a Europa Press la abogada de la acusación, Joaquina Conejero. De esta forma, el Juzgado de lo Penal ha impuesto a José Antonio M.S. un año menos de prisión de los que pedía el fiscal. En concreto, aseguró en el juicio celebrado el pasado 25 de abril que el comportamiento del acusado "carece por completo de justificación", pues no ha tenido presente ni al niño ni los sentimientos de la madre, a quien "le quitó el derecho de relacionarse con su hijo, le quitó a su hijo recién nacido y no pudo verlo durante años, sin saber cómo está o, incluso, si ha muerto".
Así, atendiendo al delito que fue enjuiciado, el de la sustracción de menores, el fiscal señaló que el mismo comenzó en mayo del 98 y se comete permanentemente hasta octubre de 2006, cuando el menor conoce a su madre. No obstante, apuntó en el acto del plenario que hasta el año 2002 el delito como tal no se contemplaba en el Código Penal (CP), motivo por el que las sucesivas denuncias de la madre se archivaron al no tener encaje con el CP.
Según continuó, está aceptado por todos los testigos que el procesado se llevó al extranjero al menor. Además, indicó que el hecho de que la madre pudiera ser una "mala influencia", como dijo José Antonio M.S., es una circunstancia para la Fiscalía "ajenas al tipo y no se justifica", pues estos hechos "no están acreditados".
Asimismo, concluyó con la idea de que la redacción del artículo 225 bis del CP --contiene que el progenitor que sin causa justificada sustrajere a su hijo menor será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años-- "parece que lo está por este caso".
Cabe destacar que el procesado manifestó que era "absolutamente inocente y su hijo más que él", algo que hizo en las alegaciones finales del juicio, puesto que cuando fue llamado a declarar se ha negado remitiéndose a lo relatado en los Juzgados de La Carolina (Jaén) en octubre de 2006, cuando entregó al menor procedente de México.
En cuanto a ello, el acusado manifestó que no conocía la resolución de la guarda y custodia que se le concedió a su expareja sentimental porque estaba en el extranjero, si bien había hablado con ella para solucionar los problemas existentes, no queriendo ella alcanzar un acuerdo para "bienestar" del hijo de ambos. Según relató, tras marcharse de casa rumbo Madrid para operar al bebé de fimosis, idea que compartió la progenitora, le envió un telegrama que nunca fue respondido.

"MIRAR POR SU HIJO"

Tal y como expresó, su único interés era el de "mirar por su hijo, no quitarlo del lado de su madre", agregando que la madre "se radicalizó en sus posturas cuando empezó a ir mal la relación". Además, en la declaración de La Carolina comentó que "temió por la seguridad del niño" y que por eso decidió marcharse, aclarando que "no tenía mucha relación con su propia familia para evitar que se preocupara" por la situación en la que estaban él y el bebé.
Asimismo, José Antonio M.S. declaró que estuvo en varios lugares del mundo durante ocho años y medio, como fue el caso de Indonesia, Nepal, La India, Tailandia o México. Tras recordar las palabras del procesado, la titular del Juzgado número 2 de lo Penal ha mandado llamar a la madre del menor, quien ha señalado que mantuvo una relación con el padre del menor entre los años 1995 y 1996 fruto de la cual nació su hijo en junio de 1997.
"Se lo llevó a Madrid y lo volví a ver ocho años después en el Juzgado de La Carolina". "No sabía dónde estaba", puesto que un día dejó de existir el teléfono al que llamaba y su familia "decía que no sabía dónde estaban". Además, recordó que el varón había intentado "llevárselo antes" sin éxito. Así, la mujer contó en la vista que le envió un telegrama en el que le avisaba de que "se iba de vacaciones", motivo por el que viajó junto a su hermano a Madrid para quedarse con el bebé no pudiendo dar con él.
Por su parte, el abogado de la defensa señaló que se trata de un caso que va "contra la legalidad", si bien ha argumentado que "nadie puede ser condenado por una ley que no existe en el momento de los hechos, no siendo una conducta delictiva, sino lícita" entonces. Además, tachó de "falsa" la manifestación del fiscal en cuanto a que se trate de un delito permanente, ya que, a su juicio, "la conducta no estaba tipificada como delito cuando se comenzó".
http://www.europapress.es/andalucia/noticia-condenado-tres-anos-carcel-pagar-600000-euros-varon-rapto-ocho-anos-hijo-20120508181427.html

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