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- INFORME SOBRE EL ESTADO DE OBSERVANCIA, APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ARAGONÉS
- El TSJA avala y cambia un fallo sobre custodia que obvió la ley autonómica
La madre conserva el uso del domicilio conyugal
http://custodiapaterna.blogspot.com.es/2012/04/el-tsja-avala-y-cambia-un-fallo-sobre.html
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha anulado la sentencia que confirmaba a una madre la custodia de sus tres hijos menores de edad, y ha resuelto que sea compartida en semanas alternativas con el padre, de acuerdo con la legislación civil aragonesa.http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1162055
La demanda fue presentada por el padre de los menores, de 16, 12 y 7 años de edad, al entrar en vigor, en mayo de 2010, la ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres, que posibilita la revisión de las medidas adoptadas bajo la legislación anterior.
La pretensión del padre fue rechazada en mayo de 2011 por el Juzgado de Primera Instancia de Teruel, ciudad de residencia de los menores, sentencia que fue confirmada en junio del mismo año por la Audiencia Provincial de la capital turolense.
Ambos tribunales rechazaron la demanda del padre tras considerar que no se había producido una "variación sustancial" de las circunstancias tenidas en cuenta tras el divorcio de los progenitores de los menores para otorgar la custodia a la madre.
Los dos órganos judiciales sustentaron su decisión en el informe psicosocial hecho a principios de 2009 tras el divorcio, cuyos autores desaconsejaron una custodia compartida al entender que podría ser perjudicial para el desarrollo de los menores.
El TSJA entiende en su resolución que el informe se hizo a la luz de la anterior legislación civil, y considera que los tribunales que rechazaron la demanda del padre no valoraron la prueba de acuerdo con la nueva legislación foral, que da preferencia a la custodia compartida sobre la individual.
Entienden además los magistrados que los tres hijos del matrimonio han superado las edades "más tempranas" que podían aconsejar que vivieran de forma permanente en un solo domicilio, y aseguran que no existe prueba que permita valorar que tengan "menor arraigo" con la familia del padre.
Valoran, asimismo, la buena relación existente entre los menores y la nueva compañera sentimental del padre, y descartan que los hijos gemelos tenidos con ésta sean un elemento perjudicial para la convivencia del grupo.
Añaden los magistrados que los hijos mayores manifestaron "libremente" al tribunal su preferencia por vivir tanto con el padre como con la madre, y rechazan el supuesto inconveniente derivado de la distancia del domicilio del padre al casco urbano de Teruel dado que los desplazamientos son "sencillos y rápidos".
El TSJA resuelve dictar nuevas normas para la custodia compartida y establece que permanezcan una semana con cada uno de los progenitores, descartando fijar un régimen de visitas.
Acuerda repartir a partes iguales los periodos vacacionales y resuelve que los gastos ordinarios corran a cargo de cada cónyuge en el periodo en que estén bajo su tutela, y que los extraordinarios se dividan al cincuenta por ciento.
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