Reunión de los lunes

Nos reunimos todos los lunes a las 20,30 horas en la C/Vinaroz nº31, entrada por C/Pradillo, MADRID ¡TE ESPERAMOS!

martes, 17 de septiembre de 2013

Condenan padre pagar 356.000 euros a hijo no dio pensión alimentos en 18 años

Martes, 17 de Septiembre, 2013
15-01-2012
Un hombre al que se le atribuyó la paternidad de un hijo, reclamada por éste, deberá abonarle 356.000 euros por la pensión de alimentos correspondiente a los 18 años en que ha incumplido esta obligación, para lo cual llegó incluso a deshacerse de sus bienes.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que un Juzgado de lo Penal de Murcia declaró como hechos probados que el Juzgado de Familia, por resolución de mayo de 1993, lo declaró padre biológico del reclamante de la paternidad y fijó una pensión por alimentos de 540 euros mensuales, posteriormente elevada a 750 euros por decisión de la Audiencia Provincial.
El juez de lo Penal, en su sentencia de septiembre de 2010, declaró también probado que "el acusado, pudiendo hacerlo, no ha abonado a su legítimo descendiente la pensión alimenticia y, en connivencia con su esposa, otorgó escritura de donación de diversas fincas a favor de su hermano y de la esposa de éste, todos ellos, igualmente acusados".
La sentencia condenó al principal imputado por un delito de abandono de familia y un delito de alzamiento de bienes a sendas penas de multa, mientras que los otros tres acusados fueron condenados por este segundo delito igualmente a penas de multa.
El juez impuso también entonces al padre la obligación de pagar las pensiones acumuladas, que ascendían a 356.000 euros, con la responsabilidad solidaria de los otros tres denunciados.
La Audiencia, al resolver los recursos planteados por el padre y su cuñada, ha revocado parcialmente la sentencia, al absolver al primero por el delito de alzamiento de bienes, debido a la excusa absolutoria derivada de la relación de parentesco que existe con su hijo.
Igualmente, ha absuelto a su cuñada por el mismo delito y por la responsabilidad civil solidaria del impago de pensiones, obligación esta última de la que también se libera al hermano.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1067708

No hay comentarios: