La separación data del año 1993, pero un parte de la Policía de entonces sirve a los jueces para hacer constar la condición de víctima de violencia de género de esta mujer, pese a que la ley se aprobó a finales del año 2004.
El marido falleció en el año 2009, y el abogado de la mujer, Carlos Camacho Reviriego, es quien explica al medio como resuelve el juzgado de los Social número uno de Logroño, y como parece ser que se otorga a los jueces de lo Social la condición para declarar víctimas de violencia de género a las mujeres. Según el letrado la sentencia puede abrir la misma puerta a muchos otras mujeres.
Ya el Tribunal Supremo en otras ocasiones ha sentenciado favoreciendo que las mujeres accedan a la pensión de viudedad
- la justicia le reconoce su derecho a percibir la pensión de viudedad "en la cuantía que corresponda conforme a una base reguladora mensual de 573,04 euros más las correspondientes revalorizaciones y mejoras",
- "tras 16 años de estar divorciada, se le reconoce víctima de violencia de género".
- "la sentencia acredita que mi clienta era víctima de violencia de género en el momento de su separación legal en octubre de 1993 pese a que posteriormente no hubo sentencia condenatoria del agresor".
- "En este caso se faculta al Juez de lo Social para apreciar dicha condición de víctima de violencia de género pese a no haber sido reconocida dicha condición por los juzgados de lo penal para episodios de violencia de género ocurridos con anterioridad a la Ley Orgánica de 2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género siempre que dicha condición quede acreditada por otros medios".
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- Las víctimas de violencia de género tienen derecho a la pensión de viudedad aunque no se hubiera fijado pensión compensatoria a su favor en la sentencia de divorcio
Fuente:
Blanca Escaño Olazagoitia
Pensión de viudedad para una divorciada víctima de violencia de género
http://www.rioja2.com/n-105524-3-pension-de-viudedad-para-una-divorciada-victima-de-violencia-de-genero/
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