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viernes, 4 de marzo de 2011

Un grupo de “expertas” (no médicos, no psiquiatras, no especialistas en psiquiatría infanto-juvenil), cobrando de dinero público en el CGPJ, niega el SAP en España.

Viernes, 4 de Marzo de 2011
Mientras, en México “en un programa específico del Canal Judicial, voz e imagen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se presenta una emisión sobre una de las más graves problemáticas que afecta a la familia en México y a nivel mundial: la alienación parental de niños del divorcio”.


Derecho Familiar
Julián Güitrón Fuentevilla
6 de febrero de 2011
¿Madres y padres alienadores? ¿hijos alienados? Proyecta el Canal Judicial a Juan Luis González Alcántara, Demetrio Cortés Ortega y Fernando Sosa Pastrana
(Primera de dos partes)
* Introducción
Por primera vez en México, en la televisión, en un programa específico del Canal Judicial, voz e imagen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se presenta una emisión sobre una de las más graves problemáticas que afecta a la familia en México y a nivel mundial.
* ¿Es un término nuevo?
La alienación del padre o la madre, de los abuelos, de los hermanos, en una palabra, de los parientes que integran una familia, siempre ha estado ahí; poco o nada se ha hablado o se hace referencia a ella y, sin embargo, sobre todo usted, distinguido lector, lo va a descubrir, seguramente quedará pasmado, porque quizá conozca a un padre o a una madre alienadores, con hijos e hijas alienados y que por ser éste un término, incluso confundible con alinear o alineación, resulta en ocasiones como si se tratara de una falta de ortografía al hablar o al escribir.
*¿Cuáles son los alcances de la alienación?
Por la trascendencia de la temática que trataremos en este artículo y el de la próxima semana, que de la misma forma se proyectarán los lunes 7 y 14 de febrero de las 8:00 a las 9:00 horas y de las 20:00 a las 21:00 horas y se retransmite los sábados 12 y 19 de febrero de las 19:00 a las 20:00 horas; por Cablevisión 112, Sky 639, Dish 731 y por internet a nivel internacional: www.scjn.gob.mx, usted podrá escuchar, aprender, recordar, reflexionar y, en un momento dado, tomar una decisión para preguntarse a sí mismo y tener la respuesta adecuada, si es usted un padre alienador o madre alienadora y si sus hijos se encuentran o están en el camino de ubicarse en estas hipótesis. Enseguida nos vamos a referir a cuestiones básicas, para ir adentrándonos en lo más complicado, en cuanto al tema citado por sus implicaciones médicas, psicológicas, psiquiátricas, jurídicas, de una posible enfermedad que incluso algunos juristas, científicos, intelectuales o médicos, admiten la existencia del síndrome de alienación parental.
*¿Existe la alienación del padre o la madre en el Derecho Familiar mexicano?
¿De qué raíces latinas deriva la palabra alienación?
¿Qué significa alienación en general y específicamente en sus acepciones médica, psicológica, parental y biológica?
¿Es un término común de la Medicina o el Derecho?
¿Hace cuánto tiempo surgió este término en Tribunales?
¿Es un concepto antiguo o moderno, que forma parte del Derecho Familiar?
¿Quién fue el primer profesionista en identificarla y sistematizarla?
¿Además de surgir en el matrimonio, el concubinato, el divorcio y en separaciones de ipso, puede aparecer en el ejercicio de la patria potestad, en la guarda y custodia, en la sociedad de convivencia, en la adopción, en la tutela, incluso en la maternidad subrogada?
¿Puede darse esta figura en cualquier relación humana, por la manipulación fundada en la alienación parental?
¿Qué significa en Derecho Familiar la expresión niño alienado?
¿Cuáles son las diferencias entre padre alienante y alienado?
* Respuestas genéricas
La palabra alienar deriva del latín alienare, alienus, que es ajeno. También volver loco; provocar efectos de alienación; alienígeno o alienígena que significa extranjero, extraño o extraterrestre.
En Derecho Civil se dice que una cosa es alienable cuando es enajenable, e inalienable, cuando no se puede transmitir a otro.
En Derecho Familiar, a los hijos objeto de alienación, se les lava el cerebro para llegar a odiar profundamente al padre o la madre, según sea el caso. Es una tortura. Es un abuso brutal, emocional y físico, que acaba con la familia y con los miembros víctimas de ésta. La alienación parental es un proceso mediante el cual, el padre o la madre van sumando acciones que destruyen los vínculos afectivos entre padres, madres e hijos. Los hijos no son armas, no deben ser utilizados ni destruidos. Ningún hijo debe ser tratado como traidor, simplemente por amar a ambos progenitores.
* Diferentes clases y conceptos
Alienación: Es el proceso mediante el cual el individuo o una colectividad transforman su conciencia hasta hacerla contradictoria, con lo que debía esperarse de su condición de hijo. Médicamente: Trastorno intelectual, temporal o accidental y permanente, cuando al hijo se le manipula el cerebro negativamente en contra del padre o la madre. Psicológico: Estado mental caracterizado por una pérdida del sentimiento de la propia identidad del hijo, del padre o la madre, respecto a la familia. Parental: Adjetivo perteneciente o relativo al padre a la madre o a los parientes consanguíneos colaterales y por afinidad. Síndrome parental: Conjunto de acciones, hechos, artificios, maquinaciones, engaños, culpa, dolo y mala fe, que caracterizan una situación familiar determinada, perteneciente o relativa al padre, la madre o a los parientes en general, para destruir la relación filial. Alienación parental: Desorden que surge en el contexto familiar, derivado de la guarda y custodia física o moral, que se da entre el padre o la madre. Manifestaciones externas de la alienación parental: Campaña de denigración de un hijo contra el padre o la madre. Acciones sin justificación alguna o de exagerada denigración, contra uno de los progenitores. Respuesta del hijo al combinar las nociones destructivas y adoctrinamiento, que hace el padre o la madre, más sus propias contribuciones en la creación de un villano, que recae en el padre o la madre, objetivos de esa acción. Proceso por el cual un padre o una madre transforman la conciencia de sus hijos, mediante estrategias para impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor. Como consecuencia de esta conducta, el padre o la madre rechazados y alienados (separados), quienes alguna vez fueron amados y tuvieron una buena relación con su hijo o hija, ven destruidos permanentemente los vínculos del afecto. El hijo o hija, que ha sido exitosamente alienado contra su padre o su madre, casi siempre expresa que fue su propia decisión la que le permitió rechazar y denigrar a aquéllos. Una consecuencia de esto es que puede pasar un largo tiempo antes de que el padre, la madre y su hijo se vuelvan a ver o a reunir.
*¿Cuándo y cómo surge la alienación?
La alienación es un fenómeno frecuente en separaciones y divorcios. Es utilizado como instrumento de venganza de un cónyuge contra el otro. La idea de que un padre o una madre manipulen y programen a sus hijos en contra del otro progenitor, parece una locura o una perfecta excusa de abandono. La realidad es que es un hecho reiterado en la sociedad moderna; poco explorado en las familias mexicanas.
* R. Gardner, precursor
El psiquiatra infantil y forense R. Gardner introdujo en 1985 este concepto. En los años setentas escribió diversos libros sobre hijos, divorcios, padres divorciados y psicoterapia para los hijos en casos de divorcio. Síndrome de alienación parental: Significa el conjunto de síntomas que presenta un hijo cuando denigra y rechaza, sin justificación verdadera, al padre o a la madre, especialmente después de la separación. La noción de la alienación se ha complicado porque están involucradas mentiras, exageraciones, alegatos de abuso, para alterar a favor del padre o de la madre alienante la simpatía y el amor de los hijos. En forma repetida y con pleno convencimiento se dan declaraciones de niños y jóvenes que inadvertidamente acusan falsamente al padre o a la madre, provocando la alienación parental.
* Proyecta el Canal Judicial a Juan Luis González Alcántara, Demetrio Cortés Ortega y Fernando Sosa Pastrana
Con el propósito de que la distinguida teleaudiencia que nos ve esté siempre informada con veracidad y oportunidad, en respuesta a los numerosos correos electrónicos que ustedes, que al vernos hacen realidad el Programa Derecho Familiar, nos han enviado, les brindamos en esta emisión la posibilidad de abrevar del Dr. en Derecho, maestro de la Facultad de Derecho de la UNAM, Juan Luis González Alcántara y Carrancá, disertando sobre lo que es la alienación, las principales resoluciones que en la materia han emitido diversos Tribunales mexicanos, además de que al hacerlo en un lenguaje sencillo y claro, para su mejor comprensión, ustedes tienen, por primera vez, una perspectiva íntegra de este grave problema.
En el caso de Demetrio Cortés Ortega, abogado y doctor en medicina, quien también participa en esta doble jornada, trae a colación respuestas científicas, médicas, nuevos enfoques, a un añejo problema que recientemente se está dando a conocer, pero que, semejante a la violencia familiar, siempre ha estado presente en la familia.
Fernando Sosa Pastrana, maestro en Derecho de la UNAM, también aporta experiencias, vivencias y conocimientos a nivel internacional, que al aplicarles el método comparativo, desnuda la realidad en México, que desgraciadamente poco o nada sabe y conoce o acepta de estos graves problemas. (Continuará).
http://www.anasap.org/2011/02/06/un-grupo-de-%E2%80%9Cexpertas%E2%80%9D-no-medicos-no-psiquiatras-no-especialistas-en-psiquiatria-infanto-juvenil-cobrando-de-dinero-publico-en-el-cgpj-niega-el-sap-en-espana/

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