La Asociación iQual presenta una serie de cuestiones de cómo cuando el padre se encuentra casado o conviviendo con su pareja nadie entra a cuestionar sus habilidades parentales, sin embargo, tras la ruptura familiar, de forma automática el padre es relegado al papel de un visitante, por considerar que aún disponiendo de las habilidades parentales adecuadas para el cuidado de sus hijos, es la madre quien debe quedarse al cuidado de los menores.
El Tribunal Supremo, bajo su amplia y reiterada doctrina jurisprudencial, está dejando en evidencia como se han pisoteado y pisotean en la actualidad, los derechos de los hijos de padres separados, y como jueces y magistrados no defienden ni protegen el interés de un menor. En su sentencia STS 753/2015, exponen de forma muy clarita, como el hecho de negar a los menores el mismo contacto y oportunidades para ser cuidado y atendidos también por su padre como por su madre, supone un grave peligro, pues acecha el riesgo de que los menores bajo la responsabilidad de una madre, que en muchos casos no es proclive a fomentar y facilitar el contacto de los hijos con el padre, provoca y deriva en muchos casos, en la desafección de los menores hacia su figura paterna:
un compromiso mayor y una colaboración de sus progenitores tendente a que este tipo de situaciones se resuelvan en un marco de normalidad familiar que saque de la rutina una relación simplemente protocolaria del padre no custodio con sus hijos que, sin la expresa colaboración del otro, termine por desincentivarla tanto desde la relación del no custodio con sus hijos,Los niños no están creciendo bajo unos valores que tienen que ver con la igualdad, miles de ellos viven un día a día en donde la madre es la única responsable de su crianza, y el padre solo representa el papel de un visitante en sus vidas.
Fuente:
http://asociacioniqual.blogspot.com.es/2015/03/padre-segun-tu-estado-civil.html
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