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viernes, 4 de marzo de 2011

Domingo Bello Janeiro: “Nadie puede sostener que los hombres son incapaces de compartir la tutela”

“Con la realidad actual queda fuera de lugar la custodia en exclusiva a la madre”
Domingo Bello
MERCEDES CERNADAS

04/03/2011
Domingo Bello Janeiro, catedrático de Derecho Civil de la Universidade da Coruña, coordina uno de los grupos de la Comisión Superior de Dereito Civil de Galicia, en concreto la que prepara y estudia la implantación judicial de la custodia compartida en caso de divorcio, propuesta que le presentarán a la Xunta, entre otras medidas, para modificar la legislación este año.
¿Cuáles cree que son los beneficios de esta modificación legislativa?
Creo que son muchos para las distintas personas de la familia implicadas, siempre salvo las excepciones de rigor. En primer lugar, para los menores, que ven reducida la tristeza personal derivada de la separación de sus progenitores, pero también para la madre, que comparte el peso de la formación de los hijos y, desde luego, para el padre, que puede asumir sus compromisos paterno-filiales en su integridad. En igualdad. Con corresponsabilidad.
¿Con qué fórmula concreta se llevaría a cabo esa custodia compartida, con el cambio periódico de domicilio del menor, con la alternancia de los padres en el mismo hogar...?
Estamos evaluando la mejor fórmula partiendo de la realidad legislativa actual de la custodia compartida que, siendo habitual en los países europeos de nuestro entorno, fue incorporada al Código Civil español en 2005, pero, a diferencia de nuestros vecinos, solo puede ordenarse cuando los padres así lo acuerden. En el caso de no existir pacto, se otorgará, excepcionalmente, tras informe favorable del fiscal, y, en cualquier caso, en interés del menor, resultando que en un porcentaje superior al 85% los jueces la conceden en exclusiva a las madres. Nadie puede sostener que la mayor parte de los hombres españoles son incapaces de compartir la tutela con su anterior pareja o de ejercerla ellos solos, o que es de interés del menor pasar poco o menos tiempo con su padre solo porque éste se ha separado de la madre.
Tengo entendido que Galicia sería, tras Aragón, la segunda comunidad en implantar esta iniciativa. ¿Es así?
En efecto, Aragón, recientemente, aprobó una ley que considera la custodia compartida como el régimen preferente que han de aprobar los jueces, “en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente”, llevando a cabo la Comunidad Valenciana su intención de legislar en el mismo sentido mediante la tramitación por vía de urgencia del proyecto de ley de custodia compartida.
¿Qué opina de los movimientos feministas que están en contra?
Sin ánimo de polemizar y, por supuesto, con el máximo respeto a cualquier opinión mejor fundamentada, la realidad actual es que en un contexto laboral en que la mujer accede al mercado de trabajo, cada vez con más frecuencia, en condiciones de paridad, ha quedado fuera de lugar la atribución de la custodia en exclusiva a la madre, y me ha parecido muy atinado el planteamiento realizado por el senador popular Manuel Altava, que, tras preguntar a sus señorías con quién hubieran querido estar si sus padres se hubiesen separado de pequeños, inmediatamente respondió que “estoy seguro que con los dos”, con lo que se consiguieron los votos necesarios en el Senado para instar al Gobierno a realizar las modificaciones legales necesarias en el Código Civil español para que la custodia de los hijos sea considerada como “modelo preferente” tras la separación o el divorcio, aunque desgraciadamente no ha fructificado legislativamente dicha iniciativa.
http://www.xornal.com/artigo/2011/03/04/sociedad/nadie-puede-sostener-hombres-son-incapaces-compartir-tutela/2011030400101001993.html

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