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sábado, 13 de octubre de 2012

El TSJ confirma la condena a la mujer que asesinó a su bebé recién nacido

Sábado, 13 de Octubre, 2012

Fue condenada a 17 años de prisión por acabar con la vida de su hijo asestándole un fuerte golpe en la cabeza tras cortarle el cordón umbilical

Juicio celebrado en Mérida el pasado mes de abril
La mujer condenada por matar a su hijo en enero de 2008 en su domicilio de Almendralejo recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial de Mérida que la condenaba por un delito de asesinato. Un jurado popular la consideró culpable de la muerte del pequeño y el juez de la Audiencia Provincial de Mérida le impuso una pena de 17 años de prisión, con la agravante de parentesco.
No conforme con la sentencia, la condenada recurrió la resolución judicial en apelación al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) solicitando la nulidad del fallo por supuestos defectos de forma y fondo en el veredicto de los miembros del jurado. Asimismo, el recurso interpuesto por la condenada alegaba una incorrecta valoración de la prueba durante el juicio.
La representación de Margarita G. P. pidió que se declarara nulo el veredicto de los miembros del jurado al entender que no existían las pruebas suficientes para declarar autora del hecho a la acusada. Durante el juicio la defensa alegó que no quedó acreditado ni el objeto contundente empleado ni si fue la madre la que asestó el golpe. De hecho, el jurado tuvo que corregir varias veces su veredicto por incorrecciones e incongruencias.
Sin embargo, el TSJEx considera que el objeto del veredicto (un documento en el que el juez plantea una serie de preguntas al jurado) era correcto, «sin que la devolución hasta tres veces por el magistrado-presidente pueda justificar contradicciones en el veredicto, pues como resulta lógico el tercero y definitivo es el único a tener en cuenta». En este escrito se declara por unanimidad que la madre fue la autora material del golpe mortal en la cabeza del niño recién nacido. Asimismo, el tribunal considera que el jurado tuvo en cuenta las pruebas necesarias para declarar la culpabilidad de la acusada.
El TSJ no da la razón a la mujer y desestima su recurso. El tribunal reconoce que, aunque no existía prueba de cargo directa para declarar la culpabilidad de la mujer, sí se disponía de “indicios múltiples”. Estos serían el reconocimiento de l apropia acusada de que en el momento del parto estaba ella sola, y fue quien cortó el cordón umbilical y que el niño ni lloraba ni movía la cabeza y no se cayó; que el bebé murió inmediatamente después del parto; el traumatismo craneoencefálico; la ausencia de sangre fuera de la cama, donde solo estaban la madre y el hijo; y que cuando llegaron los facultativos la madre estaba consciente.
Durante el juicio, la acusada, que tenía 27 años cuando sucedieron los hechos, argumentó que se encontraba en su cama cuando comenzaron los dolores del parto, que se adelantó un mes. Acto seguido, se puso de rodillas y nació el pequeño. Después le limpió y le cortó el cordón umbilical con una tijera de coser. A continuación perdió la conciencia.
En el juicio resultó crucial el testimonio pericial de los forenses que hicieron la autopsia al pequeño, ya que revelaron que el feto murió por un fuerte golpe en la cabeza que debió propinarse con un objeto contundente poco después de nacer.
La mujer había tratado de llevar su estado en secreto y no había acudido al médico en ninguna ocasión para someterse a revisiones, pero tampoco lo había hecho con su primer embarazo (tuvo un niño con 16 años) y con el último (una niña de un año y medio) solo acudió en dos ocasiones a un facultativo privado. Tampoco quiso desvelar el nombre del padre, un ciudadano marroquí. Pero aseguró que quería tener al pequeño.
http://www.hoy.es/20121009/local/merida/rechaza-recurso-mujer-asesino-201210091308.html

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