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Asociación de Padres de Familia Separados de Burgos – A.P.F.S. Burgoshttp://www.feriadeldivorcio.com/2012/09/28/divorciarse-con-presupuestos-previos-por-escrito-del-abogado-y-del-procurador/
¿Cuánto va a costarme divorciarme y la liquidación de gananciales, por ejemplo? Una buena pregunta, para hacérsela al abogado… ¿Cuánto me van a cobrar el procurador y Ud.? Esta es un pregunta que nos deben resolver, y por escrito, el abogado y el procurador antes de intervenir en temas de familia.
La Ley de Enjuiciamiento Civil contempla “el presupuesto previo en escrito aceptado por el impugnante”, en caso de discusión en el juzgado de la minuta del abogado, que ha podido parecer excesiva al cliente. En Castilla y León existe el Decreto 180/2001, por el que se regula el derecho de los consumidores y usuarios al presupuesto previo de los servicios que se les oferten. Existe otra disposición en que se habla de las hojas de reclamaciones, en que, claramente, se indica que no son válidas para los profesionales colegiados, como es el caso de estos profesionales del derecho.
Mediante la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio se suprime la función de los Colegios de Abogados de fijar baremos orientativos de honorarios o cualquier otra recomendación sobre precios, cuando se contratan sus servicios:
“Los Colegios podrán elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados. Dichos criterios serán igualmente válidos para el cálculo de honorarios y derechos que corresponden a los efectos de tasación de costas en asistencia jurídica gratuita.»
Por ello hoy es indispensable que den por escrito lo que van a cobrar, tanto el abogado como el procurador, porque es la única garantía a la libertad de precios u honorarios, y a lo que dice el artículo 1.544 del Código Civil, sobre los servicios que nos pueden dar los abogados y procuradores:
En el arrendamiento de obras o servicios, una de las partes se obliga a ejecutar una obra o a prestar a la otra un servicio por precio cierto¿Cómo se puede contratar un abogado si no tenemos la garantía de que conocemos el precio cierto de sus futuros servicios, sobre todo cuando se nos obliga para comparecer en un pleito que no hemos pedido, y se nos impone? Es por ello que la Junta de Castilla y León nos debe garantizar que se nos den presupuestos previos por escrito, y confirmar que la norma indicada la deben cumplir los abogados y los procuradores, porque en la misma no se indica que ellos estén excluidos. Y eso se ha pedido a la Ilma. Sra. Directora General de Comercio y Consumo, de la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León. Deberá indicar si corresponde o no.


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