BOLIVIA
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EL TRáMITE PARA PADRES CASADOS NO DURA MáS DE 48 HORAS, PERO LOS “SOLOS” DEBEN BUSCAR AL PADRE AUSENTE O A UN PARIENTE DE éL COMO GARANTEhttp://www.opinion.com.bo/opinion/articulos/2013/0609/noticias.php?id=97033
Los viajes con menores, en la Terminal. martÍn numbelaMarina se había divorciado en 2009 y un juez de Familia decidió entregarle a ella la custodia de sus dos hijos de 13 y 12 años. El padre de los menores optó por irse a Sucre, donde se casó y comenzó una nueva vida. Si bien él depositaba en la cuenta bancaria de Marina una pequeña pensión económica, llamaba a sus hijos ocasionalmente desde una cabina y sólo los veía una vez al año, en invierno. Por su nueva situación marital, el padre no les dio su nueva dirección domiciliaria ni un teléfono al cual llamarlo en casos de emergencia.
A fines de 2012, al empezar las vacaciones finales en el colegio de los adolescentes, Marina quiso regalarles, por sus buenas notas, un viaje a Punta Cana.
"Con mis ahorros compré un paquete turístico para los tres que tenía una fecha fija para la salida del avión, pero en la agencia me dijeron que vaya a solicitar la autorización de viaje para los chicos y pensé que si yo tengo la custodia, no iba a tener tantos problemas, pero me equivoqué porque había sido una odisea terrible y me ví obligada a hacer buscar al padre de mis hijos en la guía telefónica de Sucre, porque su única pariente acá se negó a garantizarme. Gracias a Dios que lo hallé después de buscarlo por tres días pero, ¿qué pasa cuando los padres desaparecen por completo? Tener la custodia no sirve y no podemos viajar", protestó la mujer.
OTRO TESTIMONIO El caso de Sandra fue similar. Ella relata que hace años su único hijo clasificó para representar a un club deportivo de Cochabamba en un campeonato internacional de natación en el Perú y cuando fue a solicitar la autorización de viaje correspondiente, al Juzgado de Partido de la Niñez y Adolescencia, le exigieron que busque al padre del menor al que no veían hace años. "Yo no sólo poseía la custodia legal de mi hijo, otorgada con sentencia por un juez de Familia, sino que esa sentencia ordenaba que el padre de mi hijo no podía verlo por varias razones. Lo que me pareció una barbaridad es que la jueza de menores me exija que lo busque para que dé su autorización para el viaje. No sabíamos de su paradero y la jueza no quiso aceptar que presente garantes como establece la ley, se encaprichó en que hallara al padre y demoré una semana. Ese requisito para madres divorciadas es irracional", opinó.
POR PROTECCIÓN Sin embargo, la jueza de Partido de la Niñez y Adolescencia 2, Silvia Melgarejo, dijo que ningún requisito puede ser considerado “demasiado exigente” cuando se trata de proteger a los niños, niñas y adolescentes de convertirse en víctimas de delitos de trata y tráfico de menores o de la vulneración de sus derechos. “Prevenir esas situaciones es nuestra responsabilidad y podemos ser procesadas y sancionadas si no lo hacemos”, explicó la autoridad judicial.
En la ciudad, sólo existen dos Juzgados de Partido de la Niñez y Adolescencia. Fueron creados hace 15 años y no sólo se dedican a emitir autorizaciones de viaje, sino que se encargan de los trámites y procesos de guardas, tutelas, adopciones nacionales e internacionales, extinción y suspensión de autoridad materna o paterna, casos de explotación laboral, reinserciones familiares, restituciones, acogidas legales en hogares, casos de maltrato, audiencias cautelares y juicios a los adolescentes que delinquen.
De enero a mayo de este año, cada uno de los dos juzgados tiene 300 casos en proceso, sin contar las autorizaciones de viaje diarias y, además, deben resolver otros casos pasados. “Es urgente que piensen en crear dos nuevos juzgados, uno de ellos se podría dedicar solamente a las autorizaciones de viaje y a los procesos de menores infractores, eso ayudaría a que las autorizaciones de viajes salgan mucho más rápido”, asegura la jueza Silvia Melgarejo.
Ahora que las vacaciones invernales ya van a comenzar, cada juzgado recibe al día unas 100 solicitudes de autorizaciones de viaje de menores al extranjero. “Aparte tenemos que atender audiencias, providenciar, decretar y avanzar en lo demás, trabajamos hasta las nueve de la noche porque la celeridad en los procesos de menores es norma, pero los trámites normales o administrativos, donde están presentes ambos padres, demoran un máximo de 48 horas”, describió la autoridad. En cambio, en los casos de padres divorciados que no tienen poder del otro, ni saben de su paradero, lo ideal es empezar el trámite antes, porque el cumplir con todos los requisitos demora mucho más tiempo.
“La gente viene a exigir los permisos en el día y eso no es posible”, dijo la jueza Melgarejo.
“La gente tiende a mentir”
De cada 100 solicitudes de autorización de viaje al extranjero para menores, 40 son presentadas por madres o padres divorciados que no tienen un poder del otro progenitor para decidir sobre los viajes de sus hijos y las otras 60 por padres que están presentes y de acuerdo.
De los 40 padres o madres divorciados o separados, 30 mienten sobre la supuesta desaparición del otro progenitor. “Lo afirmamos por experiencia, lamentablemente vivimos en una sociedad donde la gente tiende a mentir para conseguir lo que desea y podemos ser procesadas sino verificamos sus versiones”, coinciden las juezas de Niñez y Adolescencia Silvia Melgarejo y Claudia Canaza. Los padres que aseguran que no ven años a sus exparejas y mienten, son generalmente puestos en evidencia cuando las autoridades judiciales entrevistan a sus hijos y éstos cuentan que vieron a sus padres recién. Sólo el 10 por ciento de los padres “solos” que solicitan permisos de viaje dicen la verdad al respecto.Jueza: “Si no se encuentra al padre, existe la alternativa de una declaración jurada”
ENTREVISTA Jueza Claudia Canaza
Aunque algunas personas entrevistadas tuvieron malas experiencias en el pasado, la jueza de Niñez y Adolescencia 1, Claudia Canaza, dijo que existen alternativas para los padres o madres divorciadas que tienen la custodia legal de sus hijos y que realmente no hallan al otro progenitor para pedir su permiso para una viaje al exterior.
Si un padre abandona a sus hijos y no se sabe de su paradero, la normativa prevé la posibilidad de presentar dos garantes y uno debe ser pariente del padre ausente para que después, si éste apareciera y reclama, su familiar responda y se haga cargo de los gastos de repatriación del niño o adolescente que está fuera del país. Los garantes deben tener entre 20 y 60 años para que puedan asumir la responsabilidad con mayor criterio. A estos garantes se les toma una declaración, deben presentar una carta de su OTB certificando dónde vive o un certificado domiciliario de la FELCC. “Hemos tenido casos en los que la madre nos dice: no sé nada de su padre, presenta garantes y después aparece el padre diciendo que cumple con la asistencia familiar con un proceso en provincia, pero su expareja no lo deja ver a su niña y escapó. No podemos ayudar en ese tipo de ilegalidades y por eso los requisitos son exigentes”, relató.
Si la madre realmente no sabe del paradero del papá del menor que viaja y no existen familiares de él que quieran ser garantes, la ley prevé la presentación de dos conocidos de la familia, de la localidad donde se tramita la autorización. Y si no se consiguiera a estas personas, en último caso, la madre puede efectuar una declaración jurada ante notario de que no sabe dónde está su expareja y que en caso de que él apareciera reclamando, ella debe pagar los gastos de repatriación del niño, niña o adolescente.Qué dice la ley sobre los viajes de los niños, niñas y adolescentes
La Ley 2026, conocida como el Código Niño, Niña y Adolescente, tiene el objetivo de proteger a los menores de edad de cualquier delito en su contra y, por ello, sus instrucciones son exigentes.
Todo el capítulo 3 de la normativa se refiere a la autorización para viajar.
El artículo 169 establece: “Los viajes al exterior serán expresamente autorizados por el Juez de la Niñez y la Adolescencia en los siguientes casos:
1.- Cuando el niño, niña o adolescente viaje con uno solo de los padres, caso en que se requerirá la autorización expresa del otro. En ausencia del otro progenitor que debe otorgar la autorización, el Juez exigirá la garantía de dos personas que radiquen en la localidad donde se tramita la solicitud.
2.- Cuando el niño, niña o adolescente viaje sin sus padres, se precisará la autorización de ambos. En ausencia de uno de los progenitores, se procederá a la exigencia de la garantía de dos personas que vivan en el municipio donde se gestiona el trámite.
3.- En caso de viaje con ambos padres no se requiere de autorización alguna, basta la presentación de documentos de identidad de ambos progenitores y del niño, niña o adolescente.
GRATIS El artículo 170 se refiere a la gratuidad del trámite y estipula que “toda autorización de viaje está exenta de cualquier pago”.
El artículo 158 establece que el Estado y la sociedad en su conjunto están en la obligación de dar prioridad a la prevención de situaciones que pudieran atentar contra la integridad personal de niños, niñas o adolescentes y los derechos reconocidos en el Código.
Si bien los requisitos para sacar a un menor de edad fuera del país pueden parecer demasiado exigentes, en los hechos los jueces deben pensar primero en garantizar que los menores no sean víctimas de delitos.
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