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martes, 26 de julio de 2011

Los vecinos denuncian las «molestias» que les genera el piso de encuentro familiar

La Defensora del Pueblo atendió su queja y ha instado a la Consejería de Justicia a que actúe para garantizar sus derechos
26.07.11
El punto de encuentro familiar de Logroño se encuentra situado en la calle Calvo Sotelo
La comunidad de vecinos de la calle Calvo Sotelo 11, donde se encuentra situado el punto de encuentro familiar dependiente del Gobierno de La Rioja ha denunciado las «molestias» que les generan los usuarios del citado inmueble. Hasta tal punto llegó su malestar que optaron por acudir a la Defensora del Pueblo Riojano en busca de una solución. Tras estudiar el caso, María Bueyo Díez Jalón ha pedido a la Consejería de Presidencia y Justicia que garantice los derechos de los vecinos del edificio, sin menoscabo del interés de los menores que deben utilizar este servicio.
Los vecinos denunciaron ante la Defensora las «molestias» que soportan por el tránsito permanente de un gran número de personas ajenas a la vecindad, muchas de las cuales provocan «altercados» dentro del edificio por «desavenencias» entre los progenitores, derivadas de la entrega y recogida de los menores.
Además, aludieron al deterioro que provoca la sobreutilización de los servicios del inmueble -como ascensor o limpieza de la escalera- en «clara desproporción» con las cuotas de gastos. Los vecinos, que manifestaron entender la finalidad y necesidad de este recurso, explicaron que la situación les resulta «lamentable e insufrible» e insistieron en la necesidad de arbitrar una solución del problema, que ha causado «una lesión grave» a sus derechos fundamentales, en concreto a su intimidad personal.
El punto de encuentro familiar es un servicio especializado de intervención temporal que propicia la ejecución de los regímenes de visitas en situaciones de ruptura y ofrece un lugar neutral para el derecho fundamental del niño a mantener la relación con ambos progenitores y otros parientes.
En muchas ocasiones, los jueces pueden decidir que las visitas se hagan en estos locales, cuyo fin es ofrecer un arbitraje en forma de asesoría, como respuesta a situaciones complejas derivadas de malos tratos, denuncias falsas, adicciones, incumplimiento de mandatos judiciales, enfermedades mentales o procesos de divorcio complejos.
En este piso se garantiza la seguridad y el bienestar del menor, aunque pueda haber «problemas de orden público» generados por sus padres, descontentos con las condiciones impuestas por los juzgados para poder ver a sus hijos, o incluso, con denuncias penales por distintos motivos, explica Díez Jalón.
Los usuarios de este recurso se comprometen a mantener una conducta «respetuosa y cívica», sin alterar la normal convivencia entre menores y adultos, y queda prohibida toda forma de violencia o agresión física o verbal.
Para ello, hay un vigilante de seguridad sin arma que hace tres rondas diarias por los espacios comunes del edificio para evitar altercados.
Cuotas de gastos
En cuanto a las quejas sobre «desproporción» de las cuotas de los gastos que abonan los vecinos en relación al elevado número de usuarios del punto de encuentro familiar, la Defensora cree que el deterioro de los elementos comunes está derivado del «normal desgaste por un tránsito elevado de personas», no por acciones intencionadas.
En este edificio se ubican también otras dependencias de la Administración autonómica como son los servicios jurídicos y los consejos Consultivo y Económico, lo que interfiere en el uso del ascensor, ya que los cinco propietarios que residen en el inmueble alcanzan el 25,44 por ciento de coeficiente de participación en la comunidad.
Según la Ley de Propiedad Horizontal, la contribución a los gastos comunes se fija por la cuota de participación en el inmueble, que se puede modificar con el acuerdo unánime de todos los propietarios, un acuerdo jurídico «privado» que queda al margen de las competencias de la Defensora.

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